El derecho de petición frente al silencio administrativo negativo

El pleno ejercicio del Derecho Constitucional Fundamental de Petición, se promulgó en la Constitución Política del 91, elevándose a la categoría de derecho superior, protegido a través de la acción de tutela, siendo su núcleo esencial, la resolución pronta y oportuna de la petición. Radica su import...

Full description

Autores:
Trujillo Ortiz, Nelly Paola
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2016
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/2109
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/11634/2109
Palabra clave:
Derecho de petición
Silencio administrativo
Derechos humanos
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:El pleno ejercicio del Derecho Constitucional Fundamental de Petición, se promulgó en la Constitución Política del 91, elevándose a la categoría de derecho superior, protegido a través de la acción de tutela, siendo su núcleo esencial, la resolución pronta y oportuna de la petición. Radica su importancia en que es la materialización de derechos fundamentales, fruto del establecimiento del estado social de derecho. El propósito de este trabajo de investigación fue analizar el silencio administrativo negativo frente al derecho constitucional fundamental de petición, e interpretar su concepto mediante el estudio de doctrina constitucional y jurisprudencial, con el fin de determinar de qué manera mediante este procedimiento administrativo, se vulnera el pleno ejercicio de este derecho, teniendo en cuenta que, según la Defensoría del Pueblo, es el más invocado en el país (48.1% en el 2014). De acuerdo al análisis desarrollado, y teniendo como fundamento los conceptos sólidos de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado, se puede concluir que este procedimiento administrativo, ha sido determinante para crear en las personas que invocan el derecho de petición, una percepción de desamparo institucional y vulneración del mismo.