Eficacia de la acción de repetición
La Constitución Política de 1991 consagró el principio de responsabilidad en su artículo 90. Esta responsabilidad no es sólo de las entidades y autoridades públicas sino también de los servidores del Estado ya que estos deben actuar bajo estricta sujeción a los principios constitucionales que guían...
- Autores:
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Gómez Serrano, Víctor José
Argel Cortes, Cesar Gregorio
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2016
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/2173
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/11634/2173
- Palabra clave:
- Acción de repetición
Estado
Patrimonio público
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | La Constitución Política de 1991 consagró el principio de responsabilidad en su artículo 90. Esta responsabilidad no es sólo de las entidades y autoridades públicas sino también de los servidores del Estado ya que estos deben actuar bajo estricta sujeción a los principios constitucionales que guían el ejercicio de la función pública y además propender por la preservación del principio de moralidad en el ámbito de los deberes jurídicos de la administración pública así como también ser cuidadosos del patrimonio público y cuando sea del caso, actuar en defensa del mismo. El medio de control de Repetición se ha consagrado como una figura garante de los derechos del Estado mismo, y su finalidad apunta a la recuperación de las sumas de dinero que el Estado ha debido pagar por el actuar doloso o gravemente culposo de uno de sus servidores o ex servidores públicos. |
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