Los derechos adquiridos en materia pensional y el límite al monto de las pensiones de los altos funcionarios del estado, a la luz de la jurisprudencia

Siguiendo la orientación de la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuesta principalmente en la (Sentencia C-258, 2013), y del Consejo de Estado, las pensiones de algunos Altos Funcionarios del Estado, como los Congresistas, Magistrados, Procurador General de la Nación, Contralor General de...

Full description

Autores:
Gutiérrez Forero, Lizet Tatiana
Cruz Pinto, Simón Felipe
Vargas Quevedo, Harold Eder
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2015
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/14394
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/14394
Palabra clave:
Pensión - Legislación
Empleados públicos
Pensiones
Funcionarios del estado
Jurisprudencia
Pensiones
Monto
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:Siguiendo la orientación de la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuesta principalmente en la (Sentencia C-258, 2013), y del Consejo de Estado, las pensiones de algunos Altos Funcionarios del Estado, como los Congresistas, Magistrados, Procurador General de la Nación, Contralor General de la República y del Ministerio de Relaciones Exteriores, no pueden superar el tope de los 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes, puesto que la garantía de los derechos no es absoluta, toda vez que ningún derecho – ni siquiera los fundamentales- son absolutos, máxime cuando lo que se pretende priorizar es el beneficio general, por encima de derechos individuales de un reducido grupo de personas, como lo son quienes ostentan pensiones cuyos montos son exorbitantes.