Relevancia del principio de planeación en la contratación estatal, en aras de mitigar la corrupción
El principio de planeación en la contratación estatal no es un concepto nuevo que se haya incorporado con la expedición de la Ley 80 de 1993. Ya desde el Decreto Ley 222 de 1983 se exigía la elaboración previa de planos, proyectos y presupuestos y la determinación de las especificaciones necesarias...
- Autores:
-
Rojas Sandoval, Lina Paola
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/42529
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/42529
- Palabra clave:
- Rule
planning
economy
responsibility
corruption
Principio
planeación
economía
responsabilidad
corrupción
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | El principio de planeación en la contratación estatal no es un concepto nuevo que se haya incorporado con la expedición de la Ley 80 de 1993. Ya desde el Decreto Ley 222 de 1983 se exigía la elaboración previa de planos, proyectos y presupuestos y la determinación de las especificaciones necesarias para la ejecución una determinada obra. Así, el desarrollo de este principio ha sido abordado por el Consejo de Estado en reiteradas ocasiones para exponer la importancia y relevancia del mismo, no solo en la etapa precontractual del negocio jurídico, sino también en la celebración, ejecución y liquidación del contrato, ya que los actos u omisiones que se realicen en los momentos previos del contrato, repercutirán necesariamente en los resultados y satisfacción de este en las etapas siguientes. Entonces, el principio de planeación en la contratación estatal debe entenderse en cabeza de los servidores públicos que tienen dentro de sus funciones las de tramitar, ejecutar y/o liquidar contratos estatales, estos responden por sus acciones u omisiones incluso penalmente. No han sido pocos los casos en los que desafortunadamente la corrupción en procesos de contratación ha impedido la consecución de los principios que dirigen la función pública, cuales son la prevalencia del interés general, el servicio a la comunidad general y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados. |
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