EL ESTADO DE COSAS INCONSTITUCIONAL EN LA POLÍTICA PÚBLICA DE DESPLAZADOS, CON RESPECTO A LOS DERECHOS DE ATENCIÓN HUMANITARIA DE EMERGENCIA Y VIVIENDA Y SU CORRELACIÓN CON EL PRESUPUESTO NACIONAL Y EL DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES.
El fenómeno del desplazamiento forzado a traído como consecuencia la indispensable coordinación y colaboración de varias autoridades en un significativo esfuerzo a nivel institucional, para la prevención, atención y protección del desplazamiento, la Ley 387 por medio de la cual se crea el Sistema Na...
- Autores:
-
Ochoa, Yenny Carolina
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/5859
- Acceso en línea:
- http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/piuris/article/view/440
- Palabra clave:
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | El fenómeno del desplazamiento forzado a traído como consecuencia la indispensable coordinación y colaboración de varias autoridades en un significativo esfuerzo a nivel institucional, para la prevención, atención y protección del desplazamiento, la Ley 387 por medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Atención Integral a la población desplazada por laviolencia, tiene como misión la prevención, apoyo, vigilancia de los derechos humanos, junto con la verificación de la eficiencia de los recursos técnicos, administrativos y presupuestales con el objeto de superar dicha situación.Tal como lo demuestran los documentos CONPES el 2804 de 1995 y CONPES 3057 de 1999 que describen las consecuencias, magnitud y características del fenómeno ya comentado junto con los esfuerzos económicos y administrativos para su superación. De forma concomitante se debe tener en cuenta la sentencia T-025 de 2004, por medio de la cual se declaro el “Estado de cosas inconstitucional” relativo a las condiciones de vida de la población internamente desplazada en virtud a la repetida vulneración de los derechos fundamentales que afectan a dicha población, en la situación sui generis de los desplazados en el país, la Corte realiza un seguimiento riguroso al cumplimiento de la sentencia mencionada a través de audiencias de rendición de cuentas, autos y órdenes especificas a cumplir dentro de unos plazos para la respectiva superación.En dicho seguimiento se entran a verificar el seguimiento de los Principios de Deng, los cuales se basan en disposiciones pertinentes del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, siendo una recopilación de los mismos, que se pueden aplicar a ésta situación particular.Con el ánimo de responder el anterior c u e s t i o n a m i e n t o a b o r d a r e m o s a continuación el siguiente plan de trabajo: en un primer término, nos ocuparemos de establecer la normatividad legal y componentes de la política de atención a la población desplazada para revisar, en un segundo lugar, el alcance de la declaratoria del estado de cosas inconstitucional en los derechos de atención humanitaria deemergencia y vivienda, su cumplimiento y las obligaciones estatales en cuanto a los derechos prestacionales; para concluir sobre la intervención del fallo económico dentro del presupuesto nacional y su correlación con los territoriales. |
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