Autonomía fiscal de los municipios en Colombia, los elementos del tributo

El presente artículo de revisión bibliográfica, parte de preguntarnos en qué grado se mantiene la autonomía de los municipios en Colombia, en materia de impuestos territoriales, la organización estatal en Colombia descrita en el artículo primero de la Constitución (1991), otorga autonomía a las enti...

Full description

Autores:
Morales Barrera, Ruth Andrea
Barrea Sierra, Edwin
Tipo de recurso:
Masters Thesis
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/37873
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/37873
Palabra clave:
Fiscal autonomy
Decentralization
Elements of the tribute
Land tax
Reservation of law
Autonomía fiscal
Descentralización
Elementos del tributo
Impuesto predial
Reserva de ley
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:El presente artículo de revisión bibliográfica, parte de preguntarnos en qué grado se mantiene la autonomía de los municipios en Colombia, en materia de impuestos territoriales, la organización estatal en Colombia descrita en el artículo primero de la Constitución (1991), otorga autonomía a las entidades territoriales, esta autonomía en materia de tributos depende del grado de discrecionalidad que permita la ley, en virtud del principio de legalidad y reserva de ley; del principio de la legalidad tributaria, conforme al cual no basta con que sean los órganos colegiados de representación popular los que fijen directamente los elementos del tributo, sino que es necesario que al hacerlo determinen con suficiente claridad y precisión todos y cada uno de esos componentes esenciales (Sentencia C-594/10). Por su parte la reserva de ley, hace referencia a la competencia y procedimiento en determinadas materias a cargo del legislador de manera exclusiva, debiéndose especificar que se puede proveer, no por ley, sino con base en la ley, dejando un margen de discrecionalidad a la autoridad que puede proceder a determinar otros actos de tributación. A su vez el Artículo 287 CN de Colombia (1991), establece la potestad de las entidades territoriales, para gozar de autonomía, en la gestión de sus intereses, esta autonomía, en materia tributaria, es muy limitada, y concierte a algunos elementos del tributo; la potestad para imponer tributos es el Congreso de la República; en el orden territorial la facultad radica en una autorización reglamentaria de carácter limitado y restringido. Las Leyes 450 del 2011 y Ley 1995 del 2019 generan interpretaciones, demandas y jurisprudencia en materia fiscal territorial, en efecto, la Sentencia C035/0953 de la Corte Constitucional, habla sobre la autonomía de los entes territoriales, pero eso es importante profundizar en la Sentencia C-304 de 2012, que también habla de esta autonomía; se debe seguir debatiendo y discutiendo, para profundizar, inclusive a la luz de nuevos desarrollos legislativos.