¡Beccaria está preso en la Cárcel Distrital! Un estudio de caso sobre el “estado de cosas inconstitucional” en las cárceles

El sistema carcelario, como espacio de castigo y cumplimiento de penas por delitos cometidos, es el esce- nario en el cual el poder del Estado se ejerce de manera visible y con legitimidad plena en sus acciones. Este hecho configura una amenaza constante a la protección y disfrute de los derechos de...

Full description

Autores:
FAJARDO SÁNCHEZ, LUIS ALFONSO
CAMELO, HEYDER ALFONSO
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2016
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/41130
Acceso en línea:
https://revistas.usantotomas.edu.co/index.php/iusta/article/view/3096
http://hdl.handle.net/11634/41130
Palabra clave:
Key words
prison system
human rights
punishment
redemption.
sistema penitenciario
derechos humanos
castigo
redención.
Rights
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:El sistema carcelario, como espacio de castigo y cumplimiento de penas por delitos cometidos, es el esce- nario en el cual el poder del Estado se ejerce de manera visible y con legitimidad plena en sus acciones. Este hecho configura una amenaza constante a la protección y disfrute de los derechos de las personas allí recluidas, las cuales son leídas como ciudadanos de segunda clase, donde todas sus penas y sufrimientos son “justos” como resultado de sus acciones en contra del orden social establecido. La Cárcel Distrital no escapa de estas lógicas, y se configura en una institución totalitaria, donde los derechos humanos de las personas recluidas quedan virtualmente suspendidos mientras cumplen sus penas. Este documento pretende llamar la atención sobre quienes allí se encuentran, mostrando una radiografía de su realidad y cómo a pesar de existir una serie de instrumentos internacionales encaminada a la protección de sus derechos, fallos de estados de cosas inconstitucional por parte de la Honorable Corte Constitu- cional, las condiciones de los internos e internas no hacen parte de la agenda pública y política del país.