La extensión de la Jurisprudencia, un propósito incumplido.
La extensión de la jurisprudencia se presentó como un mecanismo novedoso en la Ley 1437 de 2011, para que, en primer lugar, hiciera respetar el precedente del Consejo de Estado establecido en las sentencias de unificación, al sujetar las decisiones que tomaba la administración pública a su observanc...
- Autores:
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Leal Aperador, Leidy Liliana
- Tipo de recurso:
- Masters Thesis
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/42512
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/42512
- Palabra clave:
- EXTENSION OF JURISPRUDENCE
LAW 2080 OF 2021
UNIFICATION SENTENCES
JUDICIAL MECHANISM
EXTENSION DE LA JURISPRUDENCIA
LEY 2080 DE 2021
SENTENCIAS DE UNIFICACION
MECANISMO JUDICIAL
- Rights
- openAccess
- License
- CC0 1.0 Universal
Summary: | La extensión de la jurisprudencia se presentó como un mecanismo novedoso en la Ley 1437 de 2011, para que, en primer lugar, hiciera respetar el precedente del Consejo de Estado establecido en las sentencias de unificación, al sujetar las decisiones que tomaba la administración pública a su observancia; y, en segundo lugar, para dotar a la administración y a los terceros de una herramienta para resolver controversias sin la necesidad de acudir a la acción ordinaria prevista en la jurisdicción contenciosa administrativa, y generar con ello un ahorro en tiempo y esfuerzos a las partes involucradas (Consejo de Estado, Memorias de la Ley 1437 de 2011, 2014). Cuando la Corte Constitucional estudió la constitucionalidad de la normativa creadora de la extensión de la jurisprudencia, en la sentencia C-816 de 2011, indicó que esta figura no es otra cosa que la materialización misma del derecho a la igualdad previsto en el artículo 13 de la Constitución Política de 1991; particularmente, en lo que tiene que ver con la igualdad de trato o de igualdad ante la ley, lo que constituye un imperativo para las autoridades públicas derivado de la obligación de respetar la Constitución y la ley dentro del Estado Social de Derecho, así como de la sujeción al mismo en todas sus actuaciones. Dicho de otro modo, constituye un derecho de las personas recibir una solución idéntica a una situación fáctica y jurídica de iguales contornos. Situación diferente, constituiría una discriminación que no hallaría justificación desde el punto de vista constitucional (Sentencia C816 de 2011, 1 de noviembre, Corte Constitucional, MAURICIO GONZALEZ CUERVO , MP, 2011). Así las cosas, en este trabajo se precisa definir el mecanismo, establecer sus generalidades, analizar los cambios que tuvo a partir de la reforma que introdujo la Ley 2080 de 2021, expresar una crítica al mismo y llegar finalmente a unas conclusiones sobre el tema, en relación con el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creada la figura, a través del análisis del número de casos resueltos por el Consejo de Estado durante el tiempo de su vigencia. |
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