La contraloría general de la república y funciones jurisdiccionales.

El estado y su actividad requieren de un organismo de control que vigile sus actividades, no solo es necesario que detente el poder, sino que también existan pesos y límites a las actividades de la administración pública, ello hace parte del contrato social y de las características que aquel envuelv...

Full description

Autores:
Suarez Castro, Claudia Consuelo
Tipo de recurso:
Masters Thesis
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/47471
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/47471
Palabra clave:
Comptroller General of the Republic
Political Constitution
constitutional reform
jurisdictional functions
system of weights and weights
fiscal control model
public assets
Contraloría General de la República
Constitución Política
reforma constitucional
funciones jurisdiccionales
sistema de pesos y contra pesos
modelo de control fiscal
patrimonio público
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:El estado y su actividad requieren de un organismo de control que vigile sus actividades, no solo es necesario que detente el poder, sino que también existan pesos y límites a las actividades de la administración pública, ello hace parte del contrato social y de las características que aquel envuelve. Bajo la concepción que es a través de los recursos públicos es como se desarrollan los programas enfocados a resolver las necesidades insatisfechas y que se ejecutan los planes de desarrollo, planes de acción y de políticas públicas para lograr el bienestar de la comunidad, es imperativo que el modelo del estado evolucione, se tecnifique y a la vez se protejan las entidades que cumplen un rol de control al interior del mismo, Así entonces, se tiene que, al igual que otras entidades para la Contraloría General de la República es imperativo avanzar conforme surgen los retos sociales; la corrupción, el mal manejo público, la tolerancia social y política frente al tema, aunado a la escasa participación de la comunidad en el control fiscal exige y hace necesario que este órgano autónomo enfile y enrute sus esfuerzos para ampliar su campo de acción y además, para que se dote y fortalezca de herramientas jurídicas que posibiliten que sus decisiones adquieran firmeza inmediata y de esta forma, ejecutar de manera inmediata los fallos con responsabilidad fiscal que se profieran a fin de un mayor volumen de recuperación de los dineros públicos. Es evidente que el modelo colombiano se ha ido acomodando y mesurando la inicial rigidez con la cual el constitucionalista del año 1991 planteó el esquema de la división de poderes y controles, a la fecha son 40 actos legislativos que se han integrado a la misma, en su mayoría tendientes a una eficiencia de lo público y sus actividades. Una de esas reformas, en especial los actos legislativos 03 de 2002, implementó la posibilidad que diferentes entidades que no pertenecen a la rama judicial, desarrollen funciones jurisdiccionales por la especialidad de las funciones administrativas que desarrollan. En virtud de ello, dicha posibilidad es la que se toma como base en la hipótesis de esta investigación, pues es obvio que la Contraloría General de la República cuenta con todas las reglas de atribución que la Corte Constitucional ha señalado como necesarias para poder establecer dichas funciones jurisdiccionales, su independencia, su campo de acción en el ámbito administrativo, su estructura interna tecnificada y el modelo de dirección, permiten esta posibilidad sin que se vulnere o altere per se, el sistema de pesos y contrapesos que se determinó a partir de la estructura inicial concebida por la Asamblea Constituyente de 1991. Cobra mayor relevancia el tema cuando recientemente a través del decreto 403 de 2020 que dicha sea de paso recientemente fue declarado parcialmente inexequible y, concurrentemente con aquel, los artículos 23 y 45 de la Ley 2080 de 2021 establecieron la nueva figura del control jurisdiccional y automático de los fallos de responsabilidad fiscal y una vez enviados las primeras decisiones de fondo al Consejo de Estado, éste por medio de decisión de sala plena decidió inaplicar dicha figura por ser contraria a los artículos 29, 229, 337 y 338 de la Constitución Política. (Consejo de Estado Sala Plena, Auto 2021.) Con la investigación aquí desarrollada se pretende probar que constitucionalmente, legalmente y fácticamente, es viable otorgar a la Contraloría General de la República las facultades jurisdiccionales enunciadas como excepcionales en el artículo 116 constitucional sin quebrantar el sistema de pesos y contrapesos contemplado en el artículo 113 de la Carta Magna. Para ello, en los diferentes capítulos se efectuará una reseña sobre las modificaciones a la constitución de 1991 en lo que respecta al modelo del control fiscal, se verificará el esquema de límites a los poderes que cada rama detenta, los pronunciamientos de la Corte Constitucional respecto de las reglas de atribución y proyectando el proyecto de ley y reforma constitucional pertinente para ello.