El principio de buena fe en la insolvencia de “persona natural no comerciante” una visión desde la ley 1564 de 2012
La Ley 1564 de 2012, nombrada como Código General Del Proceso, en su título IV permite a la persona natural no comerciante acogerse al régimen de insolvencia, la cual puede depurar sus deudas manteniendo la posibilidad de continuar con su patrimonio o en última instancia, entregar sus bienes como pa...
- Autores:
-
Cárdenas Avila, Henry
- Tipo de recurso:
- Masters Thesis
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/42841
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/42841
- Palabra clave:
- Insolvency
good faith
law 1564 of 2012
simulation
pandemic
non-trading natural person
debtor
creditor
over-indebtedness
liability
Derecho comercial
Derecho civil
Insolvencia
buena fe
ley 1564 de 2012
simulación
pandemia
persona natural no comerciante
deudor
acreedor
sobreendeudamiento
responsabilidad
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución 2.5 Colombia
Summary: | La Ley 1564 de 2012, nombrada como Código General Del Proceso, en su título IV permite a la persona natural no comerciante acogerse al régimen de insolvencia, la cual puede depurar sus deudas manteniendo la posibilidad de continuar con su patrimonio o en última instancia, entregar sus bienes como parte de pago, convirtiendo sus acreencias en obligaciones naturales, saneando así, su estado económico y de crédito. El objeto del presente artículo consiste en el analizar la ley 1564 de 2012 denominada Código General Del Proceso en su título IV correspondiente a la insolvencia de personas naturales no comerciantes; se utilizó una metodología de tipo descriptivo con técnica de revisión documental. Se concluye en que la información que suministre el deudor, debe ajustarse, además de los preceptos legales al principio de buena fe, con la que actúa ante terceros y el conciliador; quien sirve como mediador en la etapa concursal, permitiendo a las personas optar por la “ley de insolvencia”, entre otras causas, y así, superar el periodo de recesión por el que atravesamos debido a la pandemia mundial causada por el virus SARS-CoV-2, reiterando en la responsabilidad que tiene el deudor de obrar con transparencia, lo que redunda en una solución efectiva y favorable para las partes. |
---|