Orden publico, uso de la fuerza y legitimidad en las actuaciones del Estado: abordaje al decreto 003 de 2021 frente a la figura del escuadrón móvil antidisturbios
El decreto 003 de 2021 busca regular el derecho de protesta en conexión con la libertad de pensamiento y reunión, así como la figura del Escuadrón Móvil Antidisturbios. Sin embargo, a esto la norma en cuestión plantea múltiples aspectos que deben ser estudiados frente a los parámetros y limites que...
- Autores:
-
Lagos Chinchilla, Alonso
- Tipo de recurso:
- Masters Thesis
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/50101
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/50101
- Palabra clave:
- Freedom of expression
Public order
Peaceful protest
Public force
right of assembly
Derechos ciudadanos
Orden ciudadano
Derecho a la protesta
Protección a la ciudadanía
Fuerza pública
Derecho de reunión
Libertad de expresión
Orden público
Protesta pacífica
- Rights
- openAccess
- License
- CC0 1.0 Universal
Summary: | El decreto 003 de 2021 busca regular el derecho de protesta en conexión con la libertad de pensamiento y reunión, así como la figura del Escuadrón Móvil Antidisturbios. Sin embargo, a esto la norma en cuestión plantea múltiples aspectos que deben ser estudiados frente a los parámetros y limites que existen frente al derecho de protesta pacífica, así como el uso de la fuerza, la protección del orden público y la legitimidad como forma de actuar frente a la fuerza pública dentro de las protestas. Es por ello que se parte de la pregunta problema: ¿Cumple el Decreto Nacional 003 de 2021 con el mandato de protección al derecho fundamental a la protesta pacífica y los parámetros de uso de la fuerza, legítima actuación y protección del orden público, al regular la operación del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD)? Se desarrolló mediante un método descriptivo, explicativo y documental, cuyos principales resultados y conclusiones permiten indicar que, si bien la norma en principio resulta positiva de cara al derecho fundamental de reunión, dentro de la praxis puede tener matices contrarios a la constitución y a su vez poco legítimos frente a la población. Esto debido a que acude a aspectos que privilegian la protección del orden público sobre los derechos de los manifestantes, así como el uso de la fuerza de forma arbitraria. |
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