Consentimiento previo para revocatoria directa
En la aplicación de los actos administrativos particulares cuando hay una modificación de una situación jurídica al administrado, y se haya encontrado un error que no se ciñe a lo que contempla el artículo 93 de la Ley 1437 del 2011 frente a la Revocatoria Directa, se hace necesario obtener el conse...
- Autores:
-
Rodríguez Palacios, Juan José
González Castillo, Carlos Duván
Martínez Medina, Sergio
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2018
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/19608
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/19608
- Palabra clave:
- Jurisdiction
Administrative
Consent
Harmfulness
Elements
Derecho
Derecho administrativo
Consentimiento (derecho)
Jurisdicción
Sede administrativa
Consentimiento
Lesividad
Principios
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | En la aplicación de los actos administrativos particulares cuando hay una modificación de una situación jurídica al administrado, y se haya encontrado un error que no se ciñe a lo que contempla el artículo 93 de la Ley 1437 del 2011 frente a la Revocatoria Directa, se hace necesario obtener el consentimiento de revocatoria del administrado, según el artículo 97 de la misma Ley. Si se trata de un acto administrativo favorable al beneficiado, y este no quiere dar su consentimiento se debe recurrir a la jurisdicción Contenciosa Administrativa por medio de una Acción de Lesividad, congestionando aún más el aparato judicial. |
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