APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD EN EL PROCESO ADMINISTRATIVO DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS –PARD- DE LOS NIÑOS EN LOS MUNICIPIOS DE SORACÁ Y PISBA, QUE HAN SIDO VÍCTIMAS DE ABUSO SEXUAL ENTRE LOS AÑOS 2018-2019

Los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescente están protegidos por el artículo 44 de la constitución e impone al Estado la obligación de asistir y protegerlos para garantizar su desarrollo integral y el ejercicio pleno de sus derechos, el artículo 13 Constitucional señala que todas la...

Full description

Autores:
Pita Guayacan, Iveth Ximena
López Jiménez, Gina Lissette
Tipo de recurso:
Masters Thesis
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/28435
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/28435
Palabra clave:
Equality
violation
Sexual Abuse
THE ADMINISTRATIVE PROCESS OF RESTORATION OF RIGHTS
RIGHTS
Ley 1098 de 2006
ley 1878 de 2018
Derecho administrativo
Proceso de Restablecimiento de Derecho.
IGUALDAD
VULNERACIÓN
ABUSO SEXUAL
DERECHOS
Rights
openAccess
License
Atribución-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:Los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescente están protegidos por el artículo 44 de la constitución e impone al Estado la obligación de asistir y protegerlos para garantizar su desarrollo integral y el ejercicio pleno de sus derechos, el artículo 13 Constitucional señala que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación, la Ley 1437 de 2011, determina que todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz entre otros del principio de igualdad. Este trabajo analizó si el proceso administrativo de restablecimiento de derechos -PARD contemplado en la Ley 1098 de 2006, a la luz del principio de igualdad, está garantizando el restablecimiento de derechos de niños víctimas de abuso sexual, que viven en lugares geográficamente dispersos como en Pisba en contraste con Soracá un municipio ubicado a 10 minutos de Tunja la capital del departamento de Boyacá. El diseño de investigación utilizado fue el Documental y como técnica de investigación, se utilizó un estudio de caso, con expedientes de las Comisarías de Familia de los municipios de Soracá y Pisba, se compararon las actuaciones llevadas a cabo por las autoridades, igualmente se realizó entrevista a las comisarias de familia de los 2 municipios. Los resultados obtenidos fueron que si bien la ley regula el PARD este no es aplicado en las mismas condiciones respecto del mLos derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescente están protegidos por el artículo 44 de la constitución e impone al Estado la obligación de asistir y protegerlos para garantizar su desarrollo integral y el ejercicio pleno de sus derechos, el artículo 13 Constitucional señala que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación, la Ley 1437 de 2011, determina que todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz entre otros del principio de igualdad. Este trabajo analizó si el proceso administrativo de restablecimiento de derechos -PARD contemplado en la Ley 1098 de 2006, a la luz del principio de igualdad, está garantizando el restablecimiento de derechos de niños víctimas de abuso sexual, que viven en lugares geográficamente dispersos como en Pisba en contraste con Soracá un municipio ubicado a 10 minutos de Tunja la capital del departamento de Boyacá. El diseño de investigación utilizado fue el Documental y como técnica de investigación, se utilizó un estudio de caso, con expedientes de las Comisarías de Familia de los municipios de Soracá y Pisba, se compararon las actuaciones llevadas a cabo por las autoridades, igualmente se realizó entrevista a las comisarias de familia de los 2 municipios. Los resultados obtenidos fueron que si bien la ley regula el PARD este no es aplicado en las mismas condiciones respecto del municipio de Pisba que del municipio de Soraca, entre otros aspectos porque existe poca participación y seguimiento de entidades del orden nacional y poca apropiación de recursos para garantizar el proceso como lo contempla la ley. Se realiza una propuesta académica con la que se considera puede existir mayor participación y responsabilidad de la Nación en el fin primordial de restablecer los derechos de los NNA. unicipio de Pisba que del municipio de Soraca, entre otros aspectos porque existe poca participación y seguimiento de entidades del orden nacional y poca apropiación de recursos para garantizar el proceso como lo contempla la ley. Se realiza una propuesta académica con la que se considera puede existir mayor participación y responsabilidad de la Nación en el fin primordial de restablecer los derechos de los NNA.