Une approche comparative entre le Conseil d'État colombien et le Conseil d’État français

El presente artículo es la versión escrita de una presentación titulada : « El Consejo de Estado colombiano y el Consejo de Estado francés, aproximaciones y diferencias ». Dicha ponencia fue presentada en la Biblioteca Luis Ángel Arango el día 14 de noviembre del 2010, en la ciudad de Bogotá, con oc...

Full description

Autores:
Rodriguez Gutierrez, Andres
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2016
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/42267
Acceso en línea:
https://revistas.usantotomas.edu.co/index.php/viei/article/view/2894
http://hdl.handle.net/11634/42267
Palabra clave:
The Colombian Council of State
the French Council of State
mimicking
the juridical and institutional culture spread
the juridical and institutional globalization
of protection of the legitimate trust
public low
responsibility of the State for th
Administración de justicia
Consejo de Estado Colombiano
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derecho administrativo
difusionismo jurídico e institucional
globalización jurídica e institucional
Influencias
Jurisdicción de lo contencioso administrativo
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description El presente artículo es la versión escrita de una presentación titulada : « El Consejo de Estado colombiano y el Consejo de Estado francés, aproximaciones y diferencias ». Dicha ponencia fue presentada en la Biblioteca Luis Ángel Arango el día 14 de noviembre del 2010, en la ciudad de Bogotá, con ocasión del Seminario internacional « Instituciones Judiciales y Democracia, Reflexiones con ocasión del Bicentenario de la Independencia y del Centenario del Acto Legislativo 3 de 1910 », organizado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado Colombiano, con el auspicio de la Embajada Canadiense en Colombia, el Banco de la República, el Instituto Ibero-Americano de derecho constitucional, la Universidad del Rosario, la Universidad Externado de Colombia y la Universidad Santo Tomás. El Consejo de Estado colombiano fue instaurado en 1817 por el Libertador Simón Bolívar, inspirado en el modelo del Consejo de Estado Francés creado por Napoleón, con la asistencia de Sieyes, en 1799.La instalación de un Consejo de Estado en Colombia es el resultado de varios fenómenos de imitación, como son el mimetismo, el difusionismo jurídico e institucional, así como la globalización jurídica e institucional. Éste es un análisis que tiene en cuenta la relación entre el Consejo de Estado colombiano y su homólogo francés. Pasando de un modelo al otro, nosotros analizamos el proceso de creación –en Francia- de una tecnología jurídica e institucional, que fue enseguida exportada/importada, reinterpretada, o incluso « fabricada », en Colombia.Estudiamos las diversas funciones del Consejo de Estado colombiano y las del Consejo de Estado francés. Nos centramos en sus dos funciones tradicionales: la función consultiva (su actividad original) y la función jurisdiccional que es posterior a dichas atribuciones de consulta. Analizamos igualmente la manera cómo los dos Consejos de Estado ejercen concomitantemente sus dos principales funciones: de Consejeros y Jueces del Estado. Aunque se trata de un Consejo de Estado importado, el Consejo de Estado colombiano es una institución autónoma; no se trata de una institución dominada sino inspirada en el Consejo de Estado Francés. Para comprender mejor el proceso de reinterpretación, o de fabricación, de ésta tecnología jurídica importada en Colombia, concluimos nuestro estudio analizando dos temas puntuales que nos sirven como muestra: el principio de protección de la confianza legitima y el régimen de la Responsabilidad del Estado, tanto en la jurisprudencia del Estado colombiano y como en la del consejo de Estado francés.Observamos así las diversas divergencias y convergencias existentes entre los dos Consejos de Estado.
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Dicha ponencia fue presentada en la Biblioteca Luis Ángel Arango el día 14 de noviembre del 2010, en la ciudad de Bogotá, con ocasión del Seminario internacional « Instituciones Judiciales y Democracia, Reflexiones con ocasión del Bicentenario de la Independencia y del Centenario del Acto Legislativo 3 de 1910 », organizado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado Colombiano, con el auspicio de la Embajada Canadiense en Colombia, el Banco de la República, el Instituto Ibero-Americano de derecho constitucional, la Universidad del Rosario, la Universidad Externado de Colombia y la Universidad Santo Tomás. El Consejo de Estado colombiano fue instaurado en 1817 por el Libertador Simón Bolívar, inspirado en el modelo del Consejo de Estado Francés creado por Napoleón, con la asistencia de Sieyes, en 1799.La instalación de un Consejo de Estado en Colombia es el resultado de varios fenómenos de imitación, como son el mimetismo, el difusionismo jurídico e institucional, así como la globalización jurídica e institucional. Éste es un análisis que tiene en cuenta la relación entre el Consejo de Estado colombiano y su homólogo francés. Pasando de un modelo al otro, nosotros analizamos el proceso de creación –en Francia- de una tecnología jurídica e institucional, que fue enseguida exportada/importada, reinterpretada, o incluso « fabricada », en Colombia.Estudiamos las diversas funciones del Consejo de Estado colombiano y las del Consejo de Estado francés. Nos centramos en sus dos funciones tradicionales: la función consultiva (su actividad original) y la función jurisdiccional que es posterior a dichas atribuciones de consulta. Analizamos igualmente la manera cómo los dos Consejos de Estado ejercen concomitantemente sus dos principales funciones: de Consejeros y Jueces del Estado. Aunque se trata de un Consejo de Estado importado, el Consejo de Estado colombiano es una institución autónoma; no se trata de una institución dominada sino inspirada en el Consejo de Estado Francés. Para comprender mejor el proceso de reinterpretación, o de fabricación, de ésta tecnología jurídica importada en Colombia, concluimos nuestro estudio analizando dos temas puntuales que nos sirven como muestra: el principio de protección de la confianza legitima y el régimen de la Responsabilidad del Estado, tanto en la jurisprudencia del Estado colombiano y como en la del consejo de Estado francés.Observamos así las diversas divergencias y convergencias existentes entre los dos Consejos de Estado.The Colombian Council of State was established in 1817 by the Liberator Simon Bolivar, on the model of the French Council of State which was founded by Napoleon with the assistance of Sieyès in 1799.  The establishment of such a Council in Colombia is the result of many imitative phenomena such as the mimicking; the juridical and institutional culture spread, as well as the juridical and institutional globalization.  This analysis discusses the existing relationships between the Colombian Council of State and its French counterpart. Switching from one device to the other, we analyze the set up process in France of both a juridical and institutional technology, then imported, revised and even « made up » in Colombia.  This analysis addresses the two traditional functions of both the French and Colombian Council of State: the advisory function (their original activity) and the juridical function. Both Councils apply their function of governmental Counsellors and Judges; which constitutes here their particularity in regards with their functional duality in the frame of juridical devices normally characterized by a juridical duality. Although imported, the Colombian Council of State remains an autonomous institution. It is more an inspired institution, rather than dominated, by the French Council of State.  In order to gain a better understanding of the process of reinterpretation or creation of such a juridical device, this analysis focuses on two case studies: the case of the principle of protection of the legitimate trust and the case of the responsibility of the State for the judiciary administration; both in relation to the jurisprudence of the Colombian and French Council of State. Through this, one can notice that divergences and convergences can simultaneously be found between the two Councils of State.application/pdfspaUniversity Santo Tomás, Bogotáhttps://revistas.usantotomas.edu.co/index.php/viei/article/view/2894/2761Via Inveniendi Et Iudicandi; Vol. 7 Núm. 1 (2012); 165-178Via Inveniendi Et Iudicandi; Vol. 7 No. 1 (2012); 165-1781909-0528Une approche comparative entre le Conseil d'État colombien et le Conseil d’État françaisA comparative approach between the Colombian state council and the French state councilinfo:eu-repo/semantics/articlehttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85http://purl.org/coar/resource_type/c_2df8fbb1The Colombian Council of Statethe French Council of Statemimickingthe juridical and institutional culture spreadthe juridical and institutional globalizationof protection of the legitimate trustpublic lowresponsibility of the State for thAdministración de justiciaConsejo de Estado ColombianoConsejo de Estado Francésderecho administrativodifusionismo jurídico e institucionalglobalización jurídica e institucionalInfluenciasJurisdicción de lo contencioso administrativohttp://purl.org/coar/access_right/c_abf211634/42267oai:repository.usta.edu.co:11634/422672023-07-14 16:10:01.835metadata only accessRepositorio Universidad Santo Tomásnoreply@usta.edu.co