La medida de aseguramiento intramural en el derecho penal Colombiano. Implicaciones en el hacinamiento carcelario.
Pese al reconocimiento de la excepcionalidad de la aplicación de la medida de aseguramiento privativa de la libertad en centros carcelarios, más se ha convertido en una imposición de carácter regular, casi que ahora se entiende como una regla que por su aplicación indiscriminada ha venido afectando...
- Autores:
-
Conde Rojas, Francisco Javier
- Tipo de recurso:
- Masters Thesis
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/47469
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/47469
- Palabra clave:
- Measure of assurance
prison overcrowding
judicial interpretation
criminal law
human rights
Rule of Law
human dignity
Derecho penal
Medida de aseguramiento
hacinamiento carcelario
interpretación judicial
derecho penal
derechos humanos
dignidad huamana
estado social de derecho
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | Pese al reconocimiento de la excepcionalidad de la aplicación de la medida de aseguramiento privativa de la libertad en centros carcelarios, más se ha convertido en una imposición de carácter regular, casi que ahora se entiende como una regla que por su aplicación indiscriminada ha venido afectando las garantías procesales delimitadas en la Constitución Política, cuya finalidad es la protección del derecho a la libertad (entendida como garantía fundamental), sin dejar del lado la garantía del debido proceso sin dilaciones no justificables. La consecuencia de la aplicación indiscriminada de las medidas de aseguramiento privativas de la libertad, con el único pretexto de garantizar la comparecencia del sujeto procesado a las diferentes audiencias del proceso penal, por la permanencia del medio de prueba o por la protección de la comunidad, genera una trasgresión visible a las limitaciones legales y constitucionales en cuanto a la aplicación de las medidas cautelares naturales del proceso penal, conllevando con ello a una aplicación discrecional por parte del respectivo Juez de Control de Garantías, situación que agrava el padecimiento generado por el hacinamiento carcelario que sufre la república de Colombia. Esta situación no solo suprime garantías fundamentales para los procesados (pues se habla de medidas de aseguramiento), sino además, de fondo contradice los postulados naturales de la medida de aseguramiento preventiva, la cual no está exenta de límites tal y como lo sostiene Castro Martínez (2015, p. 24), pues sostiene que la aplicación de medidas cautelares en el proceso penal debe ejecutarse de forma que respete tanto la naturaleza cautelar de esas figuras como los principios y derechos constitucionales que la envuelven, situación que será desarrollada a fondo en el título segundo de esta monografía. Estableciendo la situación anterior como punto de partida, se plantea como problema de análisis el grave incremento de población carcelaria en los centros de reclusión en Colombia, como fenómeno que genera importantes violaciones a derechos humanos, derechos fundamentales y garantías mínimas de la población privada de la libertad, en atención a que el hacinamiento constituye el problema inicial (más grave y complicado) de las prisiones, tal y como ha venido siendo sostenido por Mendoza quien afirma que es una consideración amplia y generalizada desde el punto de vista de la doctrina y la jurisprudencia (2018, pp. 37-40). La condición del país en la materia ha sido constantemente analizada por el sector doctrinal nacional, como es el caso de Mahecha Barajas y Gutiérrez Ramírez (2014, p. 3), quienes afirman que el hacinamiento de las prisiones en Colombia es problema alarmante, grave y de consecuencias intangibles (en sus términos, “nefastas”), que han conllevado a violaciones a los derechos humanos y constitucionales fundamentales de la población privada de la libertad , como grupo poblacional que ha sufrido cómo el orden normativo se incumple y no se ejecuta, considerándose víctimas de un sistema judicial colapsado y que no ofrece garantías a los administrados afectados. En el marco de esta situación, así como reconociendo el deber ser del Estado (atendiendo el sistema político-Estatal colombiano), de apuntar a una política criminal de corte liberal que no se quede en hacer frente a la criminalidad sino que además resguarde y respete las garantías fundamentales y los derechos humanos de los administrados, que en palabras de Botero Bernal (2005) sea “elaborada” (p. 67), y que busque un sistema penal de corte liberal, crítico y limitante, es que se analiza, discute y critica el nivel tan grave de normalización al que se ha llegado en la imposición de medidas de aseguramiento preventivas en centros carcelarios que se expone con esta investigación. |
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