Efectos de la implementación del nuevo sistema general de regalías en el municipio de La Jagua de Ibérico

El presente trabajo monográfico se realizó con objetivo de determinar los efectos que ha generado la implementación del sistema general de regalías en el Municipio de las Jaguas de Ibirico, según lo estipulado en la ley 1530 de 2012. El marco metodológico que se diseñó en este monografía está orient...

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Autores:
Ustariz Jiménez, Ezequiel
Cotes Villarreal, Iván Darío
Cárdenas Martínez, Néstor Hugo
Mendoza Guerra, Yisela Carolina
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/10435
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/10435
Palabra clave:
Sistema General de Regalías (SGR)
Explotación de los recursos naturales no renovables
Redistribuición de los recursos
Equidad en la inversión de los recursos
Rights
openAccess
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Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
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description El presente trabajo monográfico se realizó con objetivo de determinar los efectos que ha generado la implementación del sistema general de regalías en el Municipio de las Jaguas de Ibirico, según lo estipulado en la ley 1530 de 2012. El marco metodológico que se diseñó en este monografía está orientado desde los parámetros del enfoque cualitativo utilizando la lógica del razonamiento inductivo mundo subjetivo e interpretativo, así como la implementación de la tradición investigativa de la hermenéutica, para interpretar teóricamente las categorías de análisis y la hermenéutica jurídica utilizada para la interpretación de la diferente leyes que regula el problema de la regalías. El marco teórico estuvo sustentado en los argumentos de Sergio Lopera (2005), Angelier (1976), Álvarez (2000), (Steiner, 2010), así mismo regulado por La Constitución de Colombia de 1991, la ley 1530 de 2012, entre otros. La interpretación de dichos autores, conducen a la construcción conceptual y legal de la regalías entendida como los dineros que el Estado recibe como compensación por la explotación de recursos naturales no renovables como en este caso el carbón. Así como también el Sistema General de Regalías (SGR), Este proceso integra el manejo de todo el dinero de las regalías. Busca redistribuir los recursos en todo el país, creando más equidad en la inversión de los recursos entre regiones, departamentos, municipios y comunidades étnicas. En el presente texto, el lector encontrará tres aparte en el primero se identifica la normatividad que regula el Sistema General de Regalías en Colombia, en el segundo aparte se realizará un diagnóstico sobre de la situación actual del Municipio de las Jaguas del Ibérico en relación al Sistema General de Regalías establecido por el estado colombiano y finalmente en el tercer capítulo se establecerán los inconvenientes de los mandatarios a la hora de presentar los proyectos en la organización colectiva administrativa y decisión de los órganos colegiados de administración de decisión ( OCAD) para participar en la aprobación de los recursos provenientes de la regalías. Las regalías son una fuente de ingresos importante para el desarrollo de Colombia. Por su magnitud tienen el potencial de financiar inversiones que mejoren las condiciones de vida y la productividad de los habitantes en todas las regiones del país (Hernández, Herrera, 2015, p 7). En Colombia el Sistema General de Regalías, está regulado por la ley 1530 de 2012, que tiene como objeto determinar la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios. Este conjunto de ingresos, asignaciones, órganos, procedimientos y regulaciones constituye el Sistema General de Regalías (art. 1.Ley 1530/12). Son muchas las investigaciones las que se han realizado sobre el tema a nivel nacional, entre ellas vale la pena resaltar la realizada por los investigadores del banco de la republica Jaime Bonet, Karelys Guzmán Finol, Joaquín Urrego y Juan Miguel Villa (2014), quienes a través de su informen titulado “Efectos del nuevo Sistema General de Regalías sobre el desempeño fiscal municipal: un análisis dosis-respuesta” evalúan: “los efectos de la implementación del Sistema General de Regalías sobre el desempeño fiscal municipal en 2012, para una muestra de 1.025 municipios, a través del análisis dosis-respuesta. Se encontró que en el 93% de las entidades territoriales de la muestra, donde la participación de las regalías en sus ingresos totales es menor o igual al 20%, el desempeño fiscal, medido por medio de diversos indicadores se deteriora a medida que se incrementa la dependencia de regalías. Por el contrario, si dicha participación es superior al 20%, el desempeño fiscal mejora pero la magnitud de la inversión se deteriora. Teniendo en cuenta que la reforma asignó recursos pero no garantizó su apropiación por parte de los entes territoriales, los resultados pueden explicarse por la baja ejecución las regalías durante el 2012 (Bonet, Guzmán, Urrego y Villa, 2014). La reforma constitucional sobre regalías y las compensaciones por la explotación de recursos naturales generan un cambio de enfoque en la relación del Estado con todos los entes territoriales que se encuentren en nuestro país; para algunos significa un retroceso, un paso hacia atrás sobre el proceso de descentralización y para otros una propuesta de las falencias del mismo. Todo inicia cuando el presidente Juan Manuel Santos presentó ante el Congreso de la República un proyecto de acto legislativo de reforma constitucional con el ánimo de modificar el esquema que se viene utilizando muchos años atrás, específicamente del año 1994 en donde el uso de las regalías y compensaciones derivadas de la explotación de los recursos naturales reflejaba un esquema consagrado en la Constitución de 1991 que profundizaba en el proceso de descentralización político administrativo del país en donde además establecía cada uno de los lineamientos del poder de los entes territoriales y reconoció el derecho de estos sobre los recursos naturales. (Moyano, 2010). En dicho proyecto se han planteado tres problemas fundamentales: la inequidad y pobreza, la ineficiencia Y la incorrecta utilización de los recursos. Pero además ha expuesto un elemento adicional que no estamos preparados para asimilar los efectos microeconómicos de un problema bonanza minera. En este proyecto se plantea como solución la distribución de la riqueza en donde se estableció que las regalías directa sean administradas por el fondo Nacional de regalías para distribuir parte de estos recursos entre todos los entes territoriales que no participan directamente en la explotación de los recursos naturales, además plantea una inversión estratégica en donde la destinación específica es para proyectos de ciencia y tecnología e innovación y además tratamiento especial para las zonas de Frontera. (Revista semana, 2016) Actualmente surgen muchas críticas de la repartición de regalías que conducen directamente a una centralización obsoleta, esta nueva distribución no ha favorecido el desarrollo regional por tres razones fundamentales a. Los criterios que se utilizan para distribuir las regalías no consultan las necesidades del desarrollo social y regional b. La transferencia de recursos no ha ido a la par con una política de consolidación del mercado interno y de estímulo a la producción regional. c. Por último habido corrupción y pésimos manejos la administración ha sido muy ineficiente y ha quedado corta la justicia a la hora de tomar control sobre la administración de estas mismas. Por tanto, es necesario y conveniente modificar cada una de las normas sobre la distribución y el destino de las regalías y no es necesario que haya una reforma constitucional si no usar de manera correcta las regalías para el desarrollo sostenible y equitativo de las regiones más pobres. (Bernal, 2016) Esta investigación se realizar con el motivo de dar respuesta a la siguiente pregunta problema de investigación ¿Cuáles son los efectos de la implementación del Sistema General de Regalías en el municipio de La Jagua de Ibirico, a la luz de la ley 1530 de 2012?; para lograr lo propuesto se tiene previsto realizar, las siguientes actividades, la primera es la identificación de la normatividad que regula el Sistema General de Regalías en Colombia, en segundo momento se realizará un Diagnostico de la situación actual Municipio de las Jaguas del Ibirico en relación al Sistema General de Regalías establecido por el Estado colombiano y finalmente se establecerán los inconvenientes de los mandatarios a la hora de presentar los proyectos en la organización colectiva administrativa y decisión OCAD para participar en la aprobación de los recursos provenientes de la regalías. Sin embargo el gobierno de Juan Manuel Santos, presentó la reforma al sistema de regalías explicando cuatro objetivos: ahorro, equidad, competitividad y buen gobierno. Todo esto apartando las regalías directas y centralizando los recursos por el gobierno central, lo que generó una fuerte cuestión del gobernante de dicho municipio. Frente a la problemática social del manejo de las regalías en Colombia se hace necesario un profundo análisis con el fin de determinar si la distribución de las misma están siendo utilizadas e invertida en las necesidades básicas insatisfecha en los entes territoriales productores, como son en el sectores de salud, educación, agua potable y saneamiento básico. (Valdez, 2011) Este trabajo de investigación está centrado concretamente en el municipio de la jagua de Ibirico, “productor de carbón” que ha sido uno de los municipios que más ha recibido recursos por este concepto, a partir de la creación de la regalías exactamente mediante la ley 141 de 1994 la cual surge como desarrollo de los artículos 360 y 361 de la constitución política de Colombia. En este apartado se realiza la delimitación teórica relativa y exclusiva que da sustento a un tema de investigación de forma lógica, donde sus elementos conceptuales son inherentes a las teorías de estudio (Ortiz y Del pilar, 2005). Las regalías es un término relativamente nuevo, que ha venido explicándose desde las ciencias sociales y el derecho colombiano, con autores como Sergio Lopera (2005), Angelier (1976), Álvarez (2000), (Steiner, 2010), así mismo regulado por La Constitución de Colombia de 1991, la ley 1530 de 2012, entre otros. Según Angelier (1976), generalmente se conoce por regalías, como los pagos de cualquier clase por el uso o goce temporal de patentes, certificados de invención o mejora, marcas de fábrica, nombres comerciales, derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluidas las películas cinematográficas, grabaciones para radio o televisión, dibujos, modelos, planos, fórmulas, procedimientos, equipos industriales, comerciales o científicos, así como las cantidades pagadas por transferencia de tecnología o informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas u otro derecho o propiedad similar (Angelier, 1976, 23). En Colombia la regalía ha sido entendida como una contraprestación económica al estado por el uso de un recurso, sin embargo, Lopera (2005, página 33), en su ensayo titulado “La política petrolera colombiana de los últimos 20 años y la necesidad de replantearla”, propone ir más allá y pensar la regalía como el pago por agotamiento de un recurso si este es agotable o como el pago del costo de renovación, si es renovable. Independientemente de cómo sea concebida, la regalía; es necesario tener en cuenta el monto del recurso que se paga por esta es introducido en el flujo de caja del negocio como un costo; así la magnitud de la regalía determina la magnitud de renta obtenida por el privado o el estado. Es necesario recordar que el debate sobre la renta de recursos energéticos es complejo y en ella concurren actores como el estado productor, el privado, el estado consumidor y hasta el transportador y distribuidor privado o público. Finalmente el monto de la renta obtenida por el privado depende de los costos en que incurra para colocar una unidad del recurso en el mercado. Las regalías generadas por la explotación de hidrocarburos se han convertido en un componente muy importante de las transferencias que el Gobierno Nacional hace a las entidades territoriales, y en una de las herramientas básicas con las que se debería jalonar el desarrollo regional, por medio de su inversión en proyectos prioritarios. Bajo esta perspectiva, la explotación de grandes yacimientos de petróleo es un evento que cambia radicalmente la situación económica de una región o un país, y tiene efectos directos e indirectos sobre la actividad económica, así, las economías regionales se dinamizan y las condiciones macroeconómicas mejoran con las nuevas reservas y los nuevos recursos fiscales (RUEDA, 2001 página 56). El Sistema General de Regalías (SGR), es un esquema nuevo de coordinación entre las entidades territoriales y el gobierno nacional, a través del cual se determina la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios, este sistema está regulado en Colombia por la ley 1530, de 2012.
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Así como también el Sistema General de Regalías (SGR), Este proceso integra el manejo de todo el dinero de las regalías. Busca redistribuir los recursos en todo el país, creando más equidad en la inversión de los recursos entre regiones, departamentos, municipios y comunidades étnicas. En el presente texto, el lector encontrará tres aparte en el primero se identifica la normatividad que regula el Sistema General de Regalías en Colombia, en el segundo aparte se realizará un diagnóstico sobre de la situación actual del Municipio de las Jaguas del Ibérico en relación al Sistema General de Regalías establecido por el estado colombiano y finalmente en el tercer capítulo se establecerán los inconvenientes de los mandatarios a la hora de presentar los proyectos en la organización colectiva administrativa y decisión de los órganos colegiados de administración de decisión ( OCAD) para participar en la aprobación de los recursos provenientes de la regalías. Las regalías son una fuente de ingresos importante para el desarrollo de Colombia. Por su magnitud tienen el potencial de financiar inversiones que mejoren las condiciones de vida y la productividad de los habitantes en todas las regiones del país (Hernández, Herrera, 2015, p 7). En Colombia el Sistema General de Regalías, está regulado por la ley 1530 de 2012, que tiene como objeto determinar la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios. Este conjunto de ingresos, asignaciones, órganos, procedimientos y regulaciones constituye el Sistema General de Regalías (art. 1.Ley 1530/12). Son muchas las investigaciones las que se han realizado sobre el tema a nivel nacional, entre ellas vale la pena resaltar la realizada por los investigadores del banco de la republica Jaime Bonet, Karelys Guzmán Finol, Joaquín Urrego y Juan Miguel Villa (2014), quienes a través de su informen titulado “Efectos del nuevo Sistema General de Regalías sobre el desempeño fiscal municipal: un análisis dosis-respuesta” evalúan: “los efectos de la implementación del Sistema General de Regalías sobre el desempeño fiscal municipal en 2012, para una muestra de 1.025 municipios, a través del análisis dosis-respuesta. Se encontró que en el 93% de las entidades territoriales de la muestra, donde la participación de las regalías en sus ingresos totales es menor o igual al 20%, el desempeño fiscal, medido por medio de diversos indicadores se deteriora a medida que se incrementa la dependencia de regalías. Por el contrario, si dicha participación es superior al 20%, el desempeño fiscal mejora pero la magnitud de la inversión se deteriora. Teniendo en cuenta que la reforma asignó recursos pero no garantizó su apropiación por parte de los entes territoriales, los resultados pueden explicarse por la baja ejecución las regalías durante el 2012 (Bonet, Guzmán, Urrego y Villa, 2014). La reforma constitucional sobre regalías y las compensaciones por la explotación de recursos naturales generan un cambio de enfoque en la relación del Estado con todos los entes territoriales que se encuentren en nuestro país; para algunos significa un retroceso, un paso hacia atrás sobre el proceso de descentralización y para otros una propuesta de las falencias del mismo. Todo inicia cuando el presidente Juan Manuel Santos presentó ante el Congreso de la República un proyecto de acto legislativo de reforma constitucional con el ánimo de modificar el esquema que se viene utilizando muchos años atrás, específicamente del año 1994 en donde el uso de las regalías y compensaciones derivadas de la explotación de los recursos naturales reflejaba un esquema consagrado en la Constitución de 1991 que profundizaba en el proceso de descentralización político administrativo del país en donde además establecía cada uno de los lineamientos del poder de los entes territoriales y reconoció el derecho de estos sobre los recursos naturales. (Moyano, 2010). En dicho proyecto se han planteado tres problemas fundamentales: la inequidad y pobreza, la ineficiencia Y la incorrecta utilización de los recursos. Pero además ha expuesto un elemento adicional que no estamos preparados para asimilar los efectos microeconómicos de un problema bonanza minera. En este proyecto se plantea como solución la distribución de la riqueza en donde se estableció que las regalías directa sean administradas por el fondo Nacional de regalías para distribuir parte de estos recursos entre todos los entes territoriales que no participan directamente en la explotación de los recursos naturales, además plantea una inversión estratégica en donde la destinación específica es para proyectos de ciencia y tecnología e innovación y además tratamiento especial para las zonas de Frontera. (Revista semana, 2016) Actualmente surgen muchas críticas de la repartición de regalías que conducen directamente a una centralización obsoleta, esta nueva distribución no ha favorecido el desarrollo regional por tres razones fundamentales a. Los criterios que se utilizan para distribuir las regalías no consultan las necesidades del desarrollo social y regional b. La transferencia de recursos no ha ido a la par con una política de consolidación del mercado interno y de estímulo a la producción regional. c. Por último habido corrupción y pésimos manejos la administración ha sido muy ineficiente y ha quedado corta la justicia a la hora de tomar control sobre la administración de estas mismas. Por tanto, es necesario y conveniente modificar cada una de las normas sobre la distribución y el destino de las regalías y no es necesario que haya una reforma constitucional si no usar de manera correcta las regalías para el desarrollo sostenible y equitativo de las regiones más pobres. (Bernal, 2016) Esta investigación se realizar con el motivo de dar respuesta a la siguiente pregunta problema de investigación ¿Cuáles son los efectos de la implementación del Sistema General de Regalías en el municipio de La Jagua de Ibirico, a la luz de la ley 1530 de 2012?; para lograr lo propuesto se tiene previsto realizar, las siguientes actividades, la primera es la identificación de la normatividad que regula el Sistema General de Regalías en Colombia, en segundo momento se realizará un Diagnostico de la situación actual Municipio de las Jaguas del Ibirico en relación al Sistema General de Regalías establecido por el Estado colombiano y finalmente se establecerán los inconvenientes de los mandatarios a la hora de presentar los proyectos en la organización colectiva administrativa y decisión OCAD para participar en la aprobación de los recursos provenientes de la regalías. Sin embargo el gobierno de Juan Manuel Santos, presentó la reforma al sistema de regalías explicando cuatro objetivos: ahorro, equidad, competitividad y buen gobierno. Todo esto apartando las regalías directas y centralizando los recursos por el gobierno central, lo que generó una fuerte cuestión del gobernante de dicho municipio. Frente a la problemática social del manejo de las regalías en Colombia se hace necesario un profundo análisis con el fin de determinar si la distribución de las misma están siendo utilizadas e invertida en las necesidades básicas insatisfecha en los entes territoriales productores, como son en el sectores de salud, educación, agua potable y saneamiento básico. (Valdez, 2011) Este trabajo de investigación está centrado concretamente en el municipio de la jagua de Ibirico, “productor de carbón” que ha sido uno de los municipios que más ha recibido recursos por este concepto, a partir de la creación de la regalías exactamente mediante la ley 141 de 1994 la cual surge como desarrollo de los artículos 360 y 361 de la constitución política de Colombia. En este apartado se realiza la delimitación teórica relativa y exclusiva que da sustento a un tema de investigación de forma lógica, donde sus elementos conceptuales son inherentes a las teorías de estudio (Ortiz y Del pilar, 2005). Las regalías es un término relativamente nuevo, que ha venido explicándose desde las ciencias sociales y el derecho colombiano, con autores como Sergio Lopera (2005), Angelier (1976), Álvarez (2000), (Steiner, 2010), así mismo regulado por La Constitución de Colombia de 1991, la ley 1530 de 2012, entre otros. Según Angelier (1976), generalmente se conoce por regalías, como los pagos de cualquier clase por el uso o goce temporal de patentes, certificados de invención o mejora, marcas de fábrica, nombres comerciales, derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluidas las películas cinematográficas, grabaciones para radio o televisión, dibujos, modelos, planos, fórmulas, procedimientos, equipos industriales, comerciales o científicos, así como las cantidades pagadas por transferencia de tecnología o informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas u otro derecho o propiedad similar (Angelier, 1976, 23). En Colombia la regalía ha sido entendida como una contraprestación económica al estado por el uso de un recurso, sin embargo, Lopera (2005, página 33), en su ensayo titulado “La política petrolera colombiana de los últimos 20 años y la necesidad de replantearla”, propone ir más allá y pensar la regalía como el pago por agotamiento de un recurso si este es agotable o como el pago del costo de renovación, si es renovable. Independientemente de cómo sea concebida, la regalía; es necesario tener en cuenta el monto del recurso que se paga por esta es introducido en el flujo de caja del negocio como un costo; así la magnitud de la regalía determina la magnitud de renta obtenida por el privado o el estado. Es necesario recordar que el debate sobre la renta de recursos energéticos es complejo y en ella concurren actores como el estado productor, el privado, el estado consumidor y hasta el transportador y distribuidor privado o público. Finalmente el monto de la renta obtenida por el privado depende de los costos en que incurra para colocar una unidad del recurso en el mercado. Las regalías generadas por la explotación de hidrocarburos se han convertido en un componente muy importante de las transferencias que el Gobierno Nacional hace a las entidades territoriales, y en una de las herramientas básicas con las que se debería jalonar el desarrollo regional, por medio de su inversión en proyectos prioritarios. Bajo esta perspectiva, la explotación de grandes yacimientos de petróleo es un evento que cambia radicalmente la situación económica de una región o un país, y tiene efectos directos e indirectos sobre la actividad económica, así, las economías regionales se dinamizan y las condiciones macroeconómicas mejoran con las nuevas reservas y los nuevos recursos fiscales (RUEDA, 2001 página 56). El Sistema General de Regalías (SGR), es un esquema nuevo de coordinación entre las entidades territoriales y el gobierno nacional, a través del cual se determina la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios, este sistema está regulado en Colombia por la ley 1530, de 2012.Especialista en Derecho AdministrativoEspecializaciónapplication/pdfspaUniversidad Santo TomásFacultad de DerechoFacultad de DerechoAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombiahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/Abierto (Texto Completo)info:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Efectos de la implementación del nuevo sistema general de regalías en el municipio de La Jagua de IbéricoTesis de especializacióninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionFormación de Recurso Humano para la Ctel: Trabajo de maestríahttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1finfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisCRAI-USTA BogotáSistema General de Regalías (SGR)Explotación de los recursos naturales no renovablesRedistribuición de los recursosEquidad en la inversión de los recursosORIGINALMendozayesela2018.pdfMendozayesela2018.pdfapplication/pdf183057https://repository.usta.edu.co/bitstream/11634/10435/1/Mendozayesela2018.pdfc786b0749ec33ae9d50418332ce4684cMD51open accessAUTORIZACION.pdfAUTORIZACION.pdfapplication/pdf543692https://repository.usta.edu.co/bitstream/11634/10435/4/AUTORIZACION.pdf6e496a93e11e00b975176f27efac23eeMD54metadata only accesscartadeautorización.pdfcartadeautorización.pdfapplication/pdf2150603https://repository.usta.edu.co/bitstream/11634/10435/6/cartadeautorizaci%c3%b3n.pdfabae7a9167456463c0fc72b31d07f97dMD56restricted accessLICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; 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