La esclavitud sexual en la legislación penal colombiana. Interpretación a través de otras fuentes normativas y jurisprudenciales

El artículo 141 del Código Penal Colombiano penaliza a quienes, con ocasión y en desarrollo del conflicto armado, obligan a personas protegidas por el derecho internacional humanitario a prestar servicios sexuales. Dicha norma homologa bajo una misma descripción típica las conductas de prostitución...

Full description

Autores:
Páez Bravo, Claudia Marcela
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2010
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/36307
Acceso en línea:
http://revistas.ustabuca.edu.co/index.php/IUSTITIA/article/view/908
http://hdl.handle.net/11634/36307
Palabra clave:
Rights
License
Derechos de autor 2018 IUSTITIA
Description
Summary:El artículo 141 del Código Penal Colombiano penaliza a quienes, con ocasión y en desarrollo del conflicto armado, obligan a personas protegidas por el derecho internacional humanitario a prestar servicios sexuales. Dicha norma homologa bajo una misma descripción típica las conductas de prostitución forzada y esclavitud sexual, pese a que se tratan de conductas con elementos constitutivos diversos, a la luz de la normativa y jurisprudencia internacionales. Luego de establecer la validez de diversas fuentes foráneas de derecho, se recurre a ellas para determinar la definición de estas conductas y el consecuente alcance del mencionado artículo 141, concluyendo que con base en el mismo puede castigarse tanto la esclavitud sexual como la prostitución forzada.AbstractThe Article 141 of the Colombian Criminal Law penalizes those who, with occasion and during the development of an armed conflict, force people protected by the international humanitarian law to give sexual services. This norm ratifies under the same typical description the criminal conducts of forced prostitution and sexual slavery, even though they are conducts with diverse constitutive elements in the eyes of international law andjurisprudence. After establishing the validity of diverse international sources of law, they will be used to determine the definition of these conducts and the extent of its consequence in the art. 141, concluding that with the same norm the criminal conduct of sexual slaveryn and forced prostitution can be punished.