La ley 1454 de 2011, frente a la omisión legislativa por falta de creación de regiones.

Colombia, a partir de la Constitución Política de 1991, se define como un Estado Unitario con centralización política y descentralización administrativa, donde la función, legislativa y jurisdiccional, quedan reservadas al nivel central del Estado, y la función administrativa es compartida con las e...

Full description

Autores:
Díaz Rojas, Angie Vanessa
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2016
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/2065
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/11634/2065
Palabra clave:
Omisión legislativa
Autonomía
Descentralización política
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:Colombia, a partir de la Constitución Política de 1991, se define como un Estado Unitario con centralización política y descentralización administrativa, donde la función, legislativa y jurisdiccional, quedan reservadas al nivel central del Estado, y la función administrativa es compartida con las entidades territoriales. Las entidades territoriales en Colombia, de acuerdo al artículo 286 de la carta magna, son los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas, dejando abierta la posibilidad de que a través de la ley, las regiones y provincias que se constituyeran, pudieran convertirse en entidades territoriales. En estos términos se estructuró la organización del estado Colombiano, de la siguiente manera, un nivel central (Nacional), uno seccional (Departamental), y por último un nivel local (Municipios y Distritos), quedando abierta la creación de regiones, como nivel intermedio entre la Nación y los Departamentos, la cual surgiría en virtud de la agrupación de varios de estos. Constitucionalmente, se reconoce y consagra la autonomía de las entidades territoriales como pilar fundamental para la gestión de sus propios intereses, que implica la capacidad de manejar sus propios asuntos y que debe entenderse y desarrollarse dentro de los parámetros establecidos por la misma Constitución, las cuales, siendo producto del fenómeno de la descentralización, gozan de las características propias que a estas les asisten, como son, personería jurídica, autonomía financiera y administrativa, y además que sean manejadas por medio de autoridades locales y que estén subordinas a un control por parte del poder central. En este orden de ideas, las Regiones, vistas como futuras entidades territoriales por la Constitución Política, dependían para su creación de la expedición de la ley de ordenamiento territorial, que estableciera las atribuciones, los órganos de administración, los recursos, y la participación de estas en los ingresos provenientes del Fondo Nacional de Regalías, e igualmente la adopción de un Estatuto Especial que regulara su organización y funcionamiento dentro de la estructura del estado Colombiano, no obstante, en el año 2011 con la ley 1454. No obstante lo anterior, una vez se expidió la ley de ordenamiento territorial, se dejó nuevamente un vacío jurídico en la conformación de las regiones, y así mismo, la apreciación de su importancia como fenómeno de la descentralización política y como manifestación de la descentralización administrativa.En tal sentido, la ley de ordenamiento territorial, que se esperaba llenara los vacíos existentes, no obedeció a lo esperado conforme a los postulados constitucionales, en relación con la creación de las regiones, pues no desarrolló ni previó su constitución como entidad territorial, sino que introduce un requisito adicional para su creación, las cuales ahora dependerían de la existencia previa de la denominada Región Administrativa y de Planificación (RAP) y de que una ley posterior, conceptualizara su importancia a partir de su creación. Por lo anterior, surge el interrogante de cuál es la importancia de las regiones como entidades territoriales en Colombia, si su creación es menester para el desarrollo de la sociedad, y cuál sería su rol y desempeño dentro de la estructura y organización del estado colombiano, así mismo, si el establecimiento de dichas Regiones, promueven la proyección, la identidad cultural, y la productividad de cada una de las zonas que la conformarían. Es entonces, a partir de allí, que surge la iniciativa de analizar los aspectos relevantes con relación a la creación de las Regiones como entidades territoriales en Colombia, para determinar si su constitución, se enmarcan en una visión del desarrollo hacia la complementariedad, que tenga como fin el de fortalecer la unidad nacional de todo el país. Así mismo, cabe resaltar que para el desarrollo de la siguiente investigación, se empleará una metodología cualitativa de revisión documental, a partir de análisis jurisprudencial, normativo y doctrinal.