Fuentes del derecho internacional público y su incidencia en la delimitación de fronteras marítimas

La Corte Internacional de Justicia se ha establecido como el principal organismo internacional ante el cual se suscitan la mayoría de litigios internacionales, esto es frente a la delimitación de fronteras entre Estados (terrestres o marítimos). Por esta razón, los litigios que se han presentado sob...

Full description

Autores:
Escarria Carrillo, Brandom Eduardo
López Mendoza, Víctor Manuel
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/27569
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/27569
Palabra clave:
International law
Maritime law
International Court of Justice
Derecho internacional público
Derecho marítimo
Derecho internacional
Derecho marítimo
Corte Internacional de Justicia
Rights
openAccess
License
Abierto (Texto Completo)
Description
Summary:La Corte Internacional de Justicia se ha establecido como el principal organismo internacional ante el cual se suscitan la mayoría de litigios internacionales, esto es frente a la delimitación de fronteras entre Estados (terrestres o marítimos). Por esta razón, los litigios que se han presentado sobre estos temas se han caracterizado por una directa aplicación de la Costumbre como fuente principal del derecho internacional público, ya que vale recordar que en materia de derecho marítimo, la mayoría de sus postulados se basan en costumbres internacionales; sin embargo, no es una tarea fácil para la C.I.J (Corte Internacional de Justicia), llevar a cabo la delimitación de dichas fronteras en cada caso, ya que haciendo alusión al postulado de que en derecho todo “Depende” en el derecho internacional se aplica el mismo postulado en el que se debe fallar “Caso a Caso”; sin embargo, aunque no existan casos similares en su totalidad, sí existen patrones fácticos que se utilizan para determinar un postulado común; en el caso de la Corte Internacional de Justicia frente a estas delimitaciones marítimas se han tomado, esencialmente, dos postulados principales, por un lado, la C.I.J. en sus primeros fallos (1985-1995), se decantó por establecer que no se debían tomar las costas internas de los Estados para proceder a la delimitación, sin embargo, en los fallos más recientes de esta Corporación, se ha evidenciado una postura tendiente a que se deben tener en cuenta las costas internas Estatales para realizar las Líneas de Base que posteriormente servirán para hacer la delimitación; sin embargo, dichos fenómenos obedecen, a priori, a la aplicación de costumbres internacionales, ya que postulados como el principio de “Uti Possideti Iuris” (Poseer y utilizar el bien/derecho) y de igual manera el principio de “Effectivities” (Uso, Goce y Disposición), son aplicados de manera directa en la realización de dichos fallos, ya que no se pueden desconocer derechos adquiridos que ganan los Estados al pasar los años ejerciendo posesión sobre un determinado territorio. A partir de lo mencionado anteriormente, se evidencian las dos posturas que se han tomado por parte de la C.I.J., por un lado, la de tomar las costas internas para la delimitación de fronteras marítimas y en el otro extremo, la de no tomar las costas internas para el posterior trazar la línea de base que servirá para fijar la línea fronteriza entre los estados intervinientes en el litigio. Por otro lado, al estudiar cada una de las fuentes, se permite realizar una visión holística del derecho internacional público y su directa aplicación con la delimitación de fronteras marítimas internacionales, puesto que al analizar las distintas fuentes estipuladas por el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia (art. 38) Con el desarrollo del presente trabajo se pretende establecer la manera que que la corte internacional de justicia aplica principios del derecho internacional público al momento de establecer límites marítimos entre estados y la forma como incide la jurisprudencia en el desarrollo de este proceso.