Control de constitucionalidad material de los actos legislativos
El trabajo se encuentra inscrito dentro de la teoría jurídica denominada garantismo, desarrollada por el profesor Luigi Ferrajoli, teoría que permite analizar la figura jurídica propuesta en el problema de investigación, a saber, el juicio de sustitución constitucional, partiendo de dos premisas: 1....
- Autores:
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Gutiérrez Maya, Raúl Adolfo
- Tipo de recurso:
- Masters Thesis
- Fecha de publicación:
- 2019
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
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- OAI Identifier:
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- Palabra clave:
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El trabajo se encuentra inscrito dentro de la teoría jurídica denominada garantismo, desarrollada por el profesor Luigi Ferrajoli, teoría que permite analizar la figura jurídica propuesta en el problema de investigación, a saber, el juicio de sustitución constitucional, partiendo de dos premisas: 1. La producción normativa a cargo del Legislador, no obstante encarnar la representación popular, debe ser controlada por el Poder Judicial, tanto en su forma como en su sustancia. (Ferrajoli, Constitucionalismo Principalista y Constitucionalismo Garantista, 2011) 2. El juez, en su papel de administrador de justicia, si bien está atado al imperio de la ley para garantizar los derechos, tiene la posibilidad de interpretarla y aplicarla con cierto margen de inventiva judicial, “pero si no existe ningún apoyo legal, incluso tal inventiva ...es imposible y no cabe otra solución que la denegación de la justicia.” (Ferrajoli , Derecho y razón: Teoría del Garantismo Penal, 1995). Se pretende que los postulados del garantismo expuesto por Ferrajoli sirvan de sustento teórico para justificar el control material que realiza la Corte Constitucional de los Actos reformatorios de la Constitución, en manifiesta extralimitación de la competencia de control formal que le atribuyó la carta política. ¿Cuáles son los antecedentes, los fundamentos, las características y los efectos de la figura jurisprudencial denominada “juicio de sustitución constitucional”, aplicada en el examen de constitucionalidad de los Actos Legislativos expedidos por el Congreso de la Republica? Para responder este interrogante se analiza la fundamentación histórica y teórica que sustenta la existencia del juicio de sustitución constitucional, aplicado en el examen de constitucionalidad de los Actos Legislativos expedidos por el Congreso de la Republica, así como sus consecuencias jurídico – políticas. Este trabajo tiene como punto de partida las diferentes concepciones de Soberanía Popular como fuente originaria de la Constitución, desde la Grecia antigua, pasando por los monarcómacos protestantes y siguiendo con J. J. Rousseau, para luego analizar los conceptos de Poder Constituyente, base o pilar fundamental de la moderna teoría constitucional, pero claro, sin dejar de analizar su dimensión conceptual – atemporal, por lo que se expone el decisionismo de Schmitt y el normativismo de Kelsen, ideas que son recogidas por Heller para exponer su interesante teoría del Estado. A partir del concepto de Poder Constituyente, se exponen sus dos derivaciones, el Poder Constituyente Originario y el Poder Constituyente Derivado, este segundo, conformado por representantes especiales, delegados por el pueblo y dedicados, exclusivamente, a la creación de la Constitución. Para contextualizar el origen de estos conceptos en el tiempo, se exponen dos eventos históricos importantes: la elaboración de los covenants, como base de la Constitución de los Estados Unidos de América y la Revolución Francesa, analizando el pensamiento de Sieyès a través de su obra ¿Qué es el Tercer Estado? y, como resultado de ese proceso, luego de la aprobación de la Constitución, se exponen cómo es que todos y cada uno de los poderes del Estado, llegan a ser considerados Poderes Constituidos. Acto seguido, se analiza el Poder de Revisión, enfocado en sus Límites Materiales y Formales, como herramienta de actualización de la Constitución, con el fin de acomodarla a las circunstancias y devenires políticos, pero entendido aquel con el objetivo, claro y conciso, de la búsqueda de un fin general y no, como el acomodo de la Constitución a las necesidades de intereses particulares. Se habla y se analizan esas fronteras, Límites Formales y Materiales, que deberían ser infranqueables y que están inmersas al interior del Texto Normativo, pero que infortunadamente y, muy hábilmente, podrían ser birladas para el interés de unos pocos, caso en el cual no se habla de Reforma sino de Sustitución, ejercicio inherente y potestativo del Poder Constituyente. Sobre este punto, se estudia la denominada figura de juicio de sustitución constitucional, entendida esta como un ejercicio hermenéutico que se realiza con el fin de determinar si el constituyente derivado, al expedir un Acto reformatorio, se limita a realizar una reforma constitucional o si, por el contrario, excede su competencia realizando una sustitución constitucional, por lo que surge la inquietud respecto a si la Corte Constitucional realiza un control formal y/o material de los Actos reformatorios de la Constitución, no obstante sostenga reiteradamente la jurisprudencia de la Corte Constitucional que su función de control constitucional esté limitada a examinar los vicios de procedimiento de los mismos (Sentencia C-551 de 2003). Este ejercicio, no obstante, ha resultado ser bien complejo en sus elementos, debido a que, verbigracia, la alta corporación, entre otros razonamientos, ha expresado que un vicio de forma producido por la contravención a una ley orgánica de procedimiento, que no apareje una contravención a los postulados constitucionales, no se puede considerar de suficiente entidad como para declarar la inconstitucionalidad de un Acto Legislativo y, así, empezar a desdibujar la limitación que el Constituyente Primario impuso al control jurisdiccional de reforma, pues ya no basta la existencia de un vicio procedimental en la formación del Acto, sino, también la existencia de una contraposición sustancial a la Carta Política para que pueda declararse la inconstitucionalidad del mismo, migrando claramente a un estudio de fondo de la norma acusada. Expuestas las herramientas y conceptos para la realización de una Reforma, se analiza la Constitución Política de Colombia de 1991 para establecer los caminos consignados en ella para su modificación: Actos Legislativos, Asamblea Nacional Constituyente y Referendo. |
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Este trabajo tiene como punto de partida las diferentes concepciones de Soberanía Popular como fuente originaria de la Constitución, desde la Grecia antigua, pasando por los monarcómacos protestantes y siguiendo con J. J. Rousseau, para luego analizar los conceptos de Poder Constituyente, base o pilar fundamental de la moderna teoría constitucional, pero claro, sin dejar de analizar su dimensión conceptual – atemporal, por lo que se expone el decisionismo de Schmitt y el normativismo de Kelsen, ideas que son recogidas por Heller para exponer su interesante teoría del Estado. A partir del concepto de Poder Constituyente, se exponen sus dos derivaciones, el Poder Constituyente Originario y el Poder Constituyente Derivado, este segundo, conformado por representantes especiales, delegados por el pueblo y dedicados, exclusivamente, a la creación de la Constitución. Para contextualizar el origen de estos conceptos en el tiempo, se exponen dos eventos históricos importantes: la elaboración de los covenants, como base de la Constitución de los Estados Unidos de América y la Revolución Francesa, analizando el pensamiento de Sieyès a través de su obra ¿Qué es el Tercer Estado? y, como resultado de ese proceso, luego de la aprobación de la Constitución, se exponen cómo es que todos y cada uno de los poderes del Estado, llegan a ser considerados Poderes Constituidos. Acto seguido, se analiza el Poder de Revisión, enfocado en sus Límites Materiales y Formales, como herramienta de actualización de la Constitución, con el fin de acomodarla a las circunstancias y devenires políticos, pero entendido aquel con el objetivo, claro y conciso, de la búsqueda de un fin general y no, como el acomodo de la Constitución a las necesidades de intereses particulares. Se habla y se analizan esas fronteras, Límites Formales y Materiales, que deberían ser infranqueables y que están inmersas al interior del Texto Normativo, pero que infortunadamente y, muy hábilmente, podrían ser birladas para el interés de unos pocos, caso en el cual no se habla de Reforma sino de Sustitución, ejercicio inherente y potestativo del Poder Constituyente. Sobre este punto, se estudia la denominada figura de juicio de sustitución constitucional, entendida esta como un ejercicio hermenéutico que se realiza con el fin de determinar si el constituyente derivado, al expedir un Acto reformatorio, se limita a realizar una reforma constitucional o si, por el contrario, excede su competencia realizando una sustitución constitucional, por lo que surge la inquietud respecto a si la Corte Constitucional realiza un control formal y/o material de los Actos reformatorios de la Constitución, no obstante sostenga reiteradamente la jurisprudencia de la Corte Constitucional que su función de control constitucional esté limitada a examinar los vicios de procedimiento de los mismos (Sentencia C-551 de 2003). Este ejercicio, no obstante, ha resultado ser bien complejo en sus elementos, debido a que, verbigracia, la alta corporación, entre otros razonamientos, ha expresado que un vicio de forma producido por la contravención a una ley orgánica de procedimiento, que no apareje una contravención a los postulados constitucionales, no se puede considerar de suficiente entidad como para declarar la inconstitucionalidad de un Acto Legislativo y, así, empezar a desdibujar la limitación que el Constituyente Primario impuso al control jurisdiccional de reforma, pues ya no basta la existencia de un vicio procedimental en la formación del Acto, sino, también la existencia de una contraposición sustancial a la Carta Política para que pueda declararse la inconstitucionalidad del mismo, migrando claramente a un estudio de fondo de la norma acusada. Expuestas las herramientas y conceptos para la realización de una Reforma, se analiza la Constitución Política de Colombia de 1991 para establecer los caminos consignados en ella para su modificación: Actos Legislativos, Asamblea Nacional Constituyente y Referendo.The work is inscribed within the legal theory called guaranteeism, developed by Professor Luigi Ferrajoli, a theory that allows analyzing the legal figure proposed in the research problem, namely the constitutional substitution trial, based on two premises: 1. The normative production by the Legislator, however embodying popular representation, must be controlled by the Judiciary, both in its form and in its substance. (Ferrajoli, Main Constitutionalism and Guarantee Constitutionalism, 2011) 2. The judge, in his role as administrator of justice, while being bound by the rule of law to guarantee rights, has the possibility of interpreting and applying it with a certain margin of judicial inventiveness, “but if there is no legal support, even such inventiveness ... is impossible and there is no other solution than the denial of justice. ”(Ferrajoli, Law and Reason: Theory of Criminal Guarantee, 1995). It is intended that the assumptions of the guarantee expressed by Ferrajoli serve as a theoretical basis to justify the material control carried out by the Constitutional Court of the Reform Acts of the Constitution, in manifest overreach of the formal control competence attributed to it by the political charter. What are the antecedents, the foundations, the characteristics and the effects of the jurisprudential figure called “constitutional substitution trial”, applied in the constitutionality examination of the Legislative Acts issued by the Congress of the Republic? To answer this question, the historical and theoretical foundation that supports the existence of the constitutional substitution trial, applied in the constitutionality examination of the Legislative Acts issued by the Congress of the Republic, as well as its legal - political consequences, is analyzed. This work has as its starting point the different conceptions of Popular Sovereignty as the original source of the Constitution, from ancient Greece, through the Protestant monarchs and continuing with JJ Rousseau, to then analyze the concepts of Constituent Power, base or fundamental pillar of the modern constitutional theory, but of course, while analyzing its conceptual - timeless dimension, for which Schmitt's decisionism and Kelsen's normativism are exposed, ideas that are collected by Heller to expose his interesting state theory. From the concept of Constituent Power, its two derivations, the Original Constituent Power and the Derived Constituent Power, are exposed, this second, made up of special representatives, delegated by the people and dedicated exclusively to the creation of the Constitution. To contextualize the origin of these concepts in time, two important historical events are exposed: the elaboration of the covenants, as the basis of the Constitution of the United States of America and the French Revolution, analyzing the thinking of Sieyès through his work What is the Third State? and, as a result of this process, after the approval of the Constitution, it is exposed how it is that each and every one of the powers of the State becomes considered Powers. Then, the Review Power is analyzed, focused on its Material and Formal Limits, as a tool for updating the Constitution, in order to accommodate it to political circumstances and accruals, but understood with the objective, clear and concise, of the search for a general purpose and not, as the accommodation of the Constitution to the needs of particular interests. These borders, Formal and Material Limits, that should be insurmountable and that are immersed within the Normative Text, are discussed and analyzed, but that unfortunately and, very skillfully, could be swiped for the interest of a few, in which case There is talk of Reform but of Substitution, inherent and optional exercise of the Constituent Power. On this point, the so-called constitutional substitution judgment figure is studied, understood as a hermeneutical exercise that is carried out in order to determine if the derivative constituent, when issuing a Reform Act, is limited to carrying out a constitutional reform or if, on the contrary, it exceeds its competence by making a constitutional substitution, so the concern arises as to whether the Constitutional Court carries out a formal and / or material control of the Reform Acts of the Constitution, however repeatedly sustains the jurisprudence of the Constitutional Court that its constitutional control function be limited to examining the procedural defects thereof (Judgment C-551 of 2003). This exercise, however, has turned out to be very complex in its elements, because, verbigracia, the high corporation, among other reasoning, has expressed that a vice of form produced by the contravention of an organic procedure law, which does not match a contravention of the constitutional postulates, can not be considered of sufficient entity to declare the unconstitutionality of a Legislative Act and, thus, begin to blur the limitation that the Primary Constituent imposed on the jurisdictional control of reform, because the existence of a procedural vice in the formation of the Act, but also the existence of a substantial opposition to the Political Charter so that it can be declared unconstitutional, clearly migrating to a substantive study of the accused norm. Exposed the tools and concepts for the realization of a Reformation, the Political Constitution of Colombia of 1991 is analyzed to establish the paths consigned in it for its modification: Legislative Acts, National Constituent Assembly and Referendum.Magister en Derecho Públicohttp://unidadinvestigacion.usta.edu.coMaestríaapplication/pdfspaUniversidad Santo TomásMaestría Derecho PúblicoFacultad de DerechoControl de constitucionalidad material de los actos legislativosReplacement judgmentConstitutional controlConstituent powerConstituted powerConstitutional reformDerecho constitucionalControl de constitucionalidadTeoría constitucionalJuicio de sustituciónControl constitucionalPoder constituyentePoder constituidoReforma constitucionalTesis de maestríainfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionFormación de Recurso Humano para la Ctel: Trabajo de grado de Maestríahttp://purl.org/coar/resource_type/c_bdccinfo:eu-repo/semantics/masterThesisAbierto (Texto Completo)info:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2CRAI-USTA BogotáAguiló Regla, J. 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