Prorrateo de IVA en gastos comunes en la empresa Comercializando S.A.S.
El prorrateo de IVA en gastos se hace necesario en las empresas que tienen ingresos gravados, exentos, excluidos y no gravados, es muy importante saber aplicar el artículo 490 E.T., porque si este artículo se aplica erradamente se puede incurrir en mayor valor a pagar por parte del contribuyente o e...
- Autores:
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Sarmiento Sánchez, Mary Ludy
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/43482
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/43482
- Palabra clave:
- Proration
Discountable VAT
Taxable income
exempt income
non-subject income
Tributación
Impuestos locales
Impuestos-investigación
Administración municipal
Hacienda municipal
Prorrateo
IVA descontable
Ingresos gravados
Ingresos excluidos
Ingresos no sujetos
- Rights
- restrictedAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | El prorrateo de IVA en gastos se hace necesario en las empresas que tienen ingresos gravados, exentos, excluidos y no gravados, es muy importante saber aplicar el artículo 490 E.T., porque si este artículo se aplica erradamente se puede incurrir en mayor valor a pagar por parte del contribuyente o en menor valor pagado a favor de la DIAN acarreando sanción por corregir. El prorrateo de IVA en gastos es un procedimiento que se debe realizar cuando la empresa debe presentar el IVA ya sea bimestral, cuatrimestral o anual. Las entidades tienen derecho a descontar los IVAS que han cancelado en la prestación de servicios o adquisición de bienes que no hacen parte de un inventario por ejemplo el IVA cancelado en compra de papelería, artículos para el aseo, combustible, etc. También es muy importante saber el objeto de la compañía para la cual se va a realizar el respectivo prorrateo, debido a que si es empresa de producción y tiene productos exentos se puede descontar el IVA de estos bienes y servicios, pero si es empresa comercializadora y de servicios los productos y servicios exentos que comercialice ya no son exentos, si no excluidos y por esta proporción e IVA correspondiente es un gasto para la Empresa. De acuerdo a lo enunciado anteriormente el Prorrateo de IVA en gastos comunes se realizará en la empresa Comercializando S.A.S |
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