Efectos Jurídicos de la entrada en vigencia del Decreto Ley 403 de 2020 en relación al término del fenómeno de caducidad de la acción fiscal
En Colombia el control fiscal ha sufrido significativos cambios con la entrada en vigencia del Decreto Ley 403 de 2020 mediante el cual se reglamento el Acto Legislativo 09 del año 2019, dicha reglamentación ha traido consigo efectos jurídicos a los Procesos de Responsabilidad Fiscal que se adelanta...
- Autores:
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Rodríguez Rincón, Sergio Andrés
Parrado Rodríguez, Cristhian Andrés
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/42705
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/42705
- Palabra clave:
- Fiscal responsibility process
Expiration
Legislative Act
Fiscal Action
Generating Event
Fiscal Surveillance
Control fiscal
Caducidad (Derecho)
Acto administrativo
Derecho administrativo
Tesis y disertaciones académicas
Proceso de responsabilidad fiscal
Caducidad
Acto Legislativo
Acción Fiscal
Hecho Generador
Vigilancia Fiscal
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | En Colombia el control fiscal ha sufrido significativos cambios con la entrada en vigencia del Decreto Ley 403 de 2020 mediante el cual se reglamento el Acto Legislativo 09 del año 2019, dicha reglamentación ha traido consigo efectos jurídicos a los Procesos de Responsabilidad Fiscal que se adelantaban por parte de la Contraloría General de la República, las Contralorías Territoriales y de la misma forma para aquellos que iniciaran con posterioridad a la entrada en vigencia de la norma ibidem. La caducidad es aquel fenomeno que cobra validez de confirmidad con el plazo extintivo prefijado por la Ley para dar inicio a la acción judicial, entiendose con esto que una vez transcurrido el término establecido se produce fatalmente el resultado de extingir la acción. El artículo 9no. de la Ley 610 del año 2000, señalaba que: “la acción fiscal caducará si transcurridos cinco (5) años desde la ocurrencia del hecho generador del daño al patrimonio público, no se ha proferido auto de apertura del proceso de responsabilidad fiscal” (sic)(Congreso de la República de Colombia, 2000). A su vez el artículo 127 del Decreto Ley 403 de 2020, modifico el término de caducidad de la acción fiscal pasando este a operar si transcurridos diez (10) diez años desde la ocurrencia del hecho generados del daño al patrimonio público, no se hubiese proferido auto de apertura del proceso de responsabilidad fiscal. Este notorio cambio en relación al término de la caducidad de la acción fiscal en nuestro país, sugiere se determine cual sería el término a aplicar para el fenomeno de la caducidad en aquellos procesos de responsabilidad fiscal activos evitando generar incertidumbre en las partes. |
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