La responsabilidad del Estado por los daños ocasionados a civiles, producto de atentados terroristas,con una perspectiva hacia el riesgo conflicto como nueva modalidad de imputación
En la legislación colombiana la responsabilidad del estado también denominada responsabilidad pública, encuentra su fundamento legal en lo consagrado en el parágrafo primero de la constitución Política de 1991, el cual estableció que, “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídico...
- Autores:
-
Rey Rojas, Juan Sebastian
Rodriguez Taquiba, Diana Lucia
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2019
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/15133
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/15133
- Palabra clave:
- Responsibility
status
damage
prejudice
armed groups
terrorist acts
civilian population
illegality
risk of conflict
extracontractual liability
Derecho administrativo
Terrorismo
Responsabilidad extracontractual
Conflicto armado
Actos terroristas
Responsabilidad
estado
daño
perjuicio
grupos armados
actos terroristas
población civil
antijuridicidad
riesgo conflicto
responsabilidad extracontractual
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | En la legislación colombiana la responsabilidad del estado también denominada responsabilidad pública, encuentra su fundamento legal en lo consagrado en el parágrafo primero de la constitución Política de 1991, el cual estableció que, “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas.” (Constitución Política de Colombia [Const]., 1991, Art.90) Por otro lado, la Sección Tercera del Consejo de Estado estableció los presupuestos que tenían que cumplirse para que le fuera dable atribuirle responsabilidad al Estado desde los diferentes títulos de imputación, analizados desde una perspectiva constitucional y social, emanada del concepto de daño antijurídico, entendido como aquel daño que las personas no están en el deber de soportar. Un nuevo título de imputación implementado por el órgano máximo de lo Contencioso Administrativo, es el riesgo conflicto, que configura una nueva especie del riesgo excepcional, en la que el Estado responderá de forma objetiva, es decir, responderá sin que haya incurrido en falta o falla en su actuar, por los daños que se ocasionen cuando se perpetren atentados terroristas en el marco de un conflicto armado en contra de bienes del Estado que puedan representar un peligro para la sociedad, como lo son: las estaciones de policía, campamentos militares y oleoductos, lo que traduce que el Estado será responsable por los daños antijurídicos que se generen producto de la puesta en peligro o el riesgo creado en el cumplimiento del ejercicio legítimo de sus funciones. Palabras clave: Responsabilidad, estado, daño, perjuicio, grupos armados, actos terroristas, población civil, antijuridicidad, riesgo conflicto, responsabilidad extracontractual. |
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