Justicia y Debido Proceso: un Análisis de la Prueba en Derecho Tributario.

Justicia y debido proceso: Un análisis de la prueba en derecho tributario. El debido proceso aplica para actuaciones administrativas y judiciales, sin discusión alguna, siendo nula de pleno derecho la prueba obtenida con violación del debido proceso, así, lo señala el artículo 29 de la Carta Constit...

Full description

Autores:
Obando Castiblanco, Alex Shamir
Tipo de recurso:
Doctoral thesis
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/51981
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/51981
Palabra clave:
Justice
Due process
Tax test
Derecho Constitucional
Derecho Administrativo
Derecho procesal probatorio
Derecho procesal tributario
Derecho
Justicia
Debido proceso
Prueba tributaria
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:Justicia y debido proceso: Un análisis de la prueba en derecho tributario. El debido proceso aplica para actuaciones administrativas y judiciales, sin discusión alguna, siendo nula de pleno derecho la prueba obtenida con violación del debido proceso, así, lo señala el artículo 29 de la Carta Constitucional y el artículo 214 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. (Ley 1437 de 2011), indicando: “Toda prueba obtenida con violación al debido proceso será nula de pleno derecho, por lo que deberá excluirse de la actuación procesal. (…)” Así se materializa tanto en norma constitucional, como en la ley administrativa, que en efecto vincula a la prueba y el debido proceso. Entonces el postulado constitucional y legal, no aplica en la sede administrativa, por cuanto es cierto que la prueba obtenida con violación al debido proceso será nula de pleno derecho y deberá excluirse de la actuación procesal, no es menos cierto que en sede administrativa, solo mediante mecanismos estrictamente procesales es posible la contradicción de la prueba con esta condición más no declararse su exclusión. En efecto, el administrado, podrá ejercer los medios de control pertinentes con el fin de en la jurisdicción de lo contencioso administrativo declaren su prevención de exclusión probatoria.