Sanción moratoria por consignación inoportuna de cesantías a servidores públicos: Jurisdicción competente y derechos fundamentales
RESUMEN Ha sido una constante la incertidumbre en la jurisdicción competente para tramitar y decidir los procesos que versan sobre el pago de la indemnización moratoria por consignación tardía de cesantías a servidores públicos. Partiendo de un estudio conciso sobre el alcance de las tesis jurisprud...
- Autores:
-
Figueroa Salamanca, Oscar Leonardo
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2018
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/13572
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/13572
- Palabra clave:
- Moratorium indemnification
Severance pay
Conflicts of jurisdiction
Equality
Judicial precedent
Legal certainty
Labor law
Administrative law
Sanctions (law)
Derecho laboral -- Cesantías de los Empleados
Derecho Administrativo
Sanciones Legales
Sanción Moratoria
Cesantías
Conflictos de Jurisdicción
Igualdad
Seguridad Jurídica
Precedente Judicial
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | RESUMEN Ha sido una constante la incertidumbre en la jurisdicción competente para tramitar y decidir los procesos que versan sobre el pago de la indemnización moratoria por consignación tardía de cesantías a servidores públicos. Partiendo de un estudio conciso sobre el alcance de las tesis jurisprudenciales edificadas al respecto, y paralelamente, de sus ambigüedades, matices y efectos en los procesos instruidos por despachos laborales y contencioso administrativos de nuestro país, el autor asevera y explica por qué la ausencia de uniformidad y coherencia en cuanto a la vía procesal de solución de estas controversias constituye una trasgresión a los derechos constitucionales fundamentales al debido proceso, igualdad, acceso a la administración de justicia y a los principios de confianza legítima y seguridad jurídica. En la parte final, se enaltece la reciente adopción de un criterio más o menos unívoco como garantía de verdadero respeto al precedente judicial, aunque se llama a la prudencia frente a la aplicación sorpresiva de cambios jurisprudenciales a procesos ejecutivos en curso. |
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