Ineficaz materialización de la función resocializadora de la pena reflejada en la reincidencia como responsabilidad estatal por falla en el servicio en Colombia

A partir de la Constitución de 1991, Colombia asumió la característica de un Estado Social de Derecho. Esta caracterización indica que las autoridades deben actuar dentro de un marco jurídico, democrático, social justo, fundado en el respeto a la dignidad humana. De la misma manera, se adoptó una vi...

Full description

Autores:
Moreno Restrepo, Sara
Tipo de recurso:
Masters Thesis
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/30009
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/30009
Palabra clave:
Responsibility of the state
Fault in the service
Resocialization
Responsabilidad del estado
Derecho administrativo
Responsabilidad del estado
Falla en el servicio
Resocialización
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:A partir de la Constitución de 1991, Colombia asumió la característica de un Estado Social de Derecho. Esta caracterización indica que las autoridades deben actuar dentro de un marco jurídico, democrático, social justo, fundado en el respeto a la dignidad humana. De la misma manera, se adoptó una visión centralista de la Sociedad soportado por un catálogo de derechos y principios inherentes al ser humano y por demás reforzado internacionalmente, para lo cual, el Estado se compromete en sus fines esenciales a servir a la comunidad y garantizar la efectividad de sus Derechos. En consecuencia, para acreditar la responsabilidad del Estado respecto a la falla del servicio como criterio de imputación principal, basta probar los elementos o supuestos que permitirían que la presunción de responsabilidad opere, para lo que se requiere en esencia de dos requisitos: (i) El primero, que haya un daño antijurídico y (ii) Que este daño sea imputable a una acción o a una omisión de una autoridad pública. Habíamos indicado que dentro de los fines del Estado Social de Derecho está el de garantizar la efectividad de los principios, los derechos y los deberes consagrados en la Constitución. Esta estructural norma indica también que el Estado debe proteger a las personas en su vida, honra, bienes, libertad, creencias y demás derechos. Es así como el derecho fundamental a la libertad debe ser protegido por el Estado y salvo excepciones legales, puede ese mismo Estado ejercer la potestad limitadora de ella y cuando esto sucede debe respetar los fines y parámetros establecidos en las normas para ello.