Efectos ex tunc de la nulidad de actos administrativos de carácter general creadores de obligaciones tributarias

Se parte de la pregunta de investigación ¿Cuál medio de control es el adecuado y más beneficios para que el contribuyente de la “Estampilla Pro Desarrollo del Departamento de Boyacá” pida la devolución del pago de lo no debido como consecuencia de los efectos ex tunc de la nulidad del acto administr...

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Autores:
Quintero Pinto, Liliana Patricia
Tipo de recurso:
Masters Thesis
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/18413
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/18413
Palabra clave:
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description Se parte de la pregunta de investigación ¿Cuál medio de control es el adecuado y más beneficios para que el contribuyente de la “Estampilla Pro Desarrollo del Departamento de Boyacá” pida la devolución del pago de lo no debido como consecuencia de los efectos ex tunc de la nulidad del acto administrativo generador de tal obligación tributaria? Ello por cuanto los contribuyentes que estuvieron obligados a cancelar este tributo indebidamente, y que acudieron a la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo a través de los referidos medios de control, obtuvieron resultas del proceso diferentes, y otros quedaron impedidos para acudir a la jurisdicción a reclamar el pago de lo no debido, como pasa a explicarse. En suma, al existir una regulación específica en el Estatuto Tributario para solicitar la devolución del pago de lo no debido ante la entidad recaudadora de un tributo ilegal, es imperioso agotar dicho trámite, y en caso de obtener una respuesta negativa, ante la existencia de un acto administrativo particular, lo procedente necesariamente es acudir a través del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho a solicitar la nulidad de dicho acto administrativo, y como consecuencia de tal declaratoria, que se repare el daño, entendiéndose por éste concepto, indemnizar con dinero el daño y/o el perjuicio material sufrido por el contribuyente que pago una contribución ilegal, sin que sea procedente aplicar las figuras de la situación jurídica consolidada, ni la prescripción de la acción ejecutiva, sino tan sólo la constatación de un daño antijurídico derivado del acto administrativo declarado nulo y su correspondiente reparación.
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En suma, al existir una regulación específica en el Estatuto Tributario para solicitar la devolución del pago de lo no debido ante la entidad recaudadora de un tributo ilegal, es imperioso agotar dicho trámite, y en caso de obtener una respuesta negativa, ante la existencia de un acto administrativo particular, lo procedente necesariamente es acudir a través del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho a solicitar la nulidad de dicho acto administrativo, y como consecuencia de tal declaratoria, que se repare el daño, entendiéndose por éste concepto, indemnizar con dinero el daño y/o el perjuicio material sufrido por el contribuyente que pago una contribución ilegal, sin que sea procedente aplicar las figuras de la situación jurídica consolidada, ni la prescripción de la acción ejecutiva, sino tan sólo la constatación de un daño antijurídico derivado del acto administrativo declarado nulo y su correspondiente reparación.The research question is ¿Which control means is adequate and more benefitial for the taxpayer of the "Stamp Pro Development of the Department of Boyacá"? to request the return of the illegal payment as a result of the ex tunc effects of the nullity of the administrative act generating such tax obligation? This is because the taxpayers who were obliged to cancel this tax improperly, and who went to the jurisdiction of the Administrative Litigation through the aforementioned means of control, obtained different process results, and others were prevented from going to the jurisdiction to claim the payment of what is not due, as explained below. In sum, since there is a specific regulation in the Tax Statute to request the return of the payment of what is not owed to the entity that collects an illegal tax, it is imperative to exhaust said procedure, and in case of obtaining a negative response, in the presence of a particular administrative act, the necessary thing is to go through the means of nullity control and restoration of the right to request the nullity of said administrative act, and as a consequence of such declaration, that the damage be repaired, understood by this concept, to indemnify With money the damage and / or material damage suffered by the taxpayer who paid an illegal contribution, without it being appropriate to apply the figures of the consolidated legal situation, or the prescription of the executive action, but only the finding of an unlawful damage derived from the administrative act declared void and its corresponding reparation.Magister en Derecho AdministrativoMaestríaapplication/pdfspaUniversidad Santo TomásMaestría Derecho AdministrativoFacultad de DerechoCC0 1.0 Universalhttp://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/Abierto (Texto Completo)info:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Efectos ex tunc de la nulidad de actos administrativos de carácter general creadores de obligaciones tributariasex tunc effectsex nunc effectsPayment of not dueDerecho tributarioDerecho administrativoDerecho procesal administrativoEfectos ex tuncefectos ex nuncpago de lo no debidoTesis de maestríainfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_bdccinfo:eu-repo/semantics/masterThesisCRAI-USTA TunjaAbella Zárate, J. 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