Vulneración al principio de capacidad contributiva en la deducción por dependientes en el impuesto sobre la renta para personas naturales en los años gravables 2013 y posteriores

El sistema tributario colombiano les impuso a las personas el deber de contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado en virtud del artículo 95 de la Constitución Política de Colombia, razón por la cual se creó el impuesto sobre la renta para aquellas personas que gozan con capa...

Full description

Autores:
Romero Díaz, Royer David
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/19212
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/19212
Palabra clave:
tax law
taxes
income tax
taxpayer
natural person
employees
deductions
kinship
tax principles
tax capacity
equality
equity
Derecho tributario
Impuestos
Deducciones de impuestos
Tesis y disertaciones académicas
derecho tributario
tributos
impuestos
impuesto sobre la renta
contribuyente
persona natural
empleados
deducciones
parentesco
principios tributarios
capacidad contributiva
igualdad
equidad
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:El sistema tributario colombiano les impuso a las personas el deber de contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado en virtud del artículo 95 de la Constitución Política de Colombia, razón por la cual se creó el impuesto sobre la renta para aquellas personas que gozan con capacidad contributiva dentro de los conceptos de justicia y equidad que demanda la Carta Magna. Éste impuesto grava las rentas percibidas por el contribuyente permitiéndole a los que son considerados como empleados, la posibilidad de descontar de los ingresos, unos que fueron catalogados como ingresos no constitutivos de renta por estipulación normativa, rentas exentas y algunas deducciones siempre que cumplen con los requisitos establecidos, de allí que dentro de este último grupo, se les permitió a las personas naturales poder restar de la base para liquidar el impuesto sobre la renta, los gastos que sufragó el contribuyente por las personas que tenía a su cargo, verbigracia, el cónyuge o compañero permanente, hijos, padres y/o hermanos. No obstante, el legislador estableció un serie de condiciones para éstas personas que dependen económicamente del declarante, las cuales limitan el beneficio de forma discriminatoria sin consultar el grado de parentesco por consanguinidad y mucho menos la situación real de dependencia y otros factores que son particulares en cada caso, negándole el derecho al sujeto pasivo de la obligación tributaria de renta, la posibilidad de hacer menos gravosa su contribución con el estado, lo cual vulnera los principios de capacidad contributiva, igualdad y equidad que rigen el sistema tributario.