La Cesantía Comercial Elemento Determinante Del Contrato De Agencia

El contrato de agencia comercial es una de las principales figuras jurídicas utilizadas para la intermediación comercial tanto nacional como extranjera, configurándose en una institución jurídica de total importancia para el crecimiento económico del país. Una de las características esenciales del c...

Full description

Autores:
Bedoya Rubio, Franz
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2016
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/42275
Acceso en línea:
https://revistas.usantotomas.edu.co/index.php/viei/article/view/2918
http://hdl.handle.net/11634/42275
Palabra clave:
commercial agency contract
contract intermediation
cooperation agreement
severance business
compensation
distribution
supply.
contrato de agencia comercial
contrato de intermediación
contrato de colaboración
cesantía comercial
indemnización
distribución
suministro
Rights
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:El contrato de agencia comercial es una de las principales figuras jurídicas utilizadas para la intermediación comercial tanto nacional como extranjera, configurándose en una institución jurídica de total importancia para el crecimiento económico del país. Una de las características esenciales del contrato de agencia comercial es la estipulación de la indemnización y la denominada cesantía comercial establecidas en el artículo 1324 del código de comercio.El contratante o agenciado, ha buscado diferentes mecanismos para evitar el pago de la indemnización y la cesantía establecida en el artículo referenciado; lo cual ha generado una desnaturalización del contrato de agencia comercial, convirtiendo la relación jurídica de la agencia comercial en una tipificación contractual totalmente diferente.La globalización y la internacionalización ha llevado entonces a que de una u otra forma las empresas extranjeras como las nacionales pretendan desconocer en ciertos negocios, el carácter de orden publico por encima de la voluntad de las partes.