GUIA REPOSITORIO FACULTAD DE INGENIERIA

Dicho lo anterior, en La Ley 99 de 1993 en el artículo 43, se estableció que esta Tasa se cobra por la utilización del agua que realice cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, sin importar la actividad en la cual es usada, sea o no lucrativa, dicho argumento se encuentra estipulado...

Full description

Autores:
DIAZ GOMEZ, DIEGO ALEXANDER
DIAZ CARDENAS, MAXIMILIANO
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Tecnológico de Antioquia
Repositorio:
Repositorio Tdea
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:dspace.tdea.edu.co:tdea/3496
Acceso en línea:
https://dspace.tdea.edu.co/handle/tdea/3496
https://dspace.tdea.edu.co/
Palabra clave:
Guia
Clave
Paso a Paso
Rights
openAccess
License
Tecnológico de Antioquia, Institución Universitaria, 2023
Description
Summary:Dicho lo anterior, en La Ley 99 de 1993 en el artículo 43, se estableció que esta Tasa se cobra por la utilización del agua que realice cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, sin importar la actividad en la cual es usada, sea o no lucrativa, dicho argumento se encuentra estipulado en el artículo 159 del Código de Recursos Naturales. En este sentido, Corantioquia anualmente define los cronogramas de facturación de la Tasa por Utilización de Agua, en los cuales se especifica como primera actividad para los usuarios objeto de cobro, el diligenciar y presentar ante la Autoridad Ambiental, los formularios de autodeclaración definido para dicho instrumento. En el marco de la implementación de los instrumentos económicos, la Corporación al realizar la evaluación de los formularios de autodeclaración de los registros mensuales de volúmenes de agua captados y vertidos para fuentes superficiales o subterráneas que son presentados por los usuarios. Se ha venido observando durante este proceso, inconsistencias en el diligenciamiento de los formularios, ya que la información no cumple con la totalidad de los requisitos mínimos establecidos en el formulario de autodeclaración, el cual fue adoptado mediante la Resolución No. 040-1603-22000 del 18 de marzo de 2016, registrándose para el periodo de cobro del 2022 un 59,7% de autodeclaraciones negadas por la Corporación.