DELINCUENTES DE CUELLO BLANCO: COMPORTAMIENTO CRIMINAL Y REINSERCIÓN SOCIAL
Hablar de reinserción en el siglo XXI puede resultar una entelequia a los prácticos del derecho penal, la criminología clínica y científica y a los penitenciaristas. Quiero y debo partir de esa base. Pero para sustentar dicha hipótesis debemos cimentar todo el constructo jurídico-criminológico en to...
- Autores:
-
Fawal Portal, Miryam Al
- Tipo de recurso:
- Part of book
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Corporación Universitaria del Caribe - CECAR
- Repositorio:
- Repositorio Digital CECAR
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.cecar.edu.co:cecar/2500
- Acceso en línea:
- https://repositorio.cecar.edu.co/handle/cecar/2500
- Palabra clave:
- delincuentes de cuello blanco
comportamiento criminal
reinserción social
white-collar criminals
criminal behavior
social reintegration
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | Hablar de reinserción en el siglo XXI puede resultar una entelequia a los prácticos del derecho penal, la criminología clínica y científica y a los penitenciaristas. Quiero y debo partir de esa base. Pero para sustentar dicha hipótesis debemos cimentar todo el constructo jurídico-criminológico en torno a esta cuestión, sin huir de teorías, sin duda bienintencionadas, ni de análisis de términos que, apriorísticamente, pueden resultar bastante parecidos en lo que al fondo se refiere. Concretamente comenzaremos retrocediendo a la idea primigenia de la que surgió lo que llamaremos la “fenomenología-RE”.De forma taxativamente clara, García-Pablos (1979, 32, p. 645-700) nos explica cómo el vocablo resocialización (primer fenómeno RE en aparecer) no se plasma en la obra de Franz von Liszt“Lehrbuch”, pero curiosamente esta circunstancia sí se da en la que fuera la 25ª edición de la obra citada anteriormente, publicada ocho años más tarde de que acaeciera la muerte del maestro. El penalista Jiménez De Asúa (1994, pp. 36,41) no se queda en la superficie de la cuestión referente a la autoría del concepto, sino que bucea profunda y profusamente en las subsiguientes modificaciones, traducciones y publicaciones ya póstumas del Lehrbuch. La milagrosa aparición de dicho término (resocialización) por primera vez en la literatura científica y en la dogmática penal, se la debemos al discípulo del maestro Liszt, Eberhard Schmidt, quien se tomó la libertad o el libertinaje científico de modificar muchas de las teorías de su maestro con la finalidad de mantener viva y contemporánea la obra de aquél al ritmo que imponían las nuevas corrientes dogmáticas en el derecho penal de la época. |
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