Lineamientos para la gestión del Plan Parcial de Vivienda en Chinú - Córdoba

La administración municipal de Chinú, Córdoba, mediante la realización del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, dispuso en su contenido las normas para ordenar el territorio, que de acuerdo a la ley 388 de 1997, todo municipio conforme a su población debe formular su POT teniendo en cuenta sus c...

Full description

Autores:
Alvis Montes, Ismael David
Benítez Hernández, Arnold Isaac
Ruíz Buelvas, Juan Camilo
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2013
Institución:
Corporación Universitaria del Caribe - CECAR
Repositorio:
Repositorio Digital CECAR
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.cecar.edu.co:cecar/1095
Acceso en línea:
https://repositorio.cecar.edu.co/handle/cecar/1095
Palabra clave:
Territorio
Urbano
Desarrollo
Vivienda
Política
Prioritaria
Estratégico
Impacto
Rights
openAccess
License
Derechos Reservados - Corporación Universitaria del Caribe - CECAR
Description
Summary:La administración municipal de Chinú, Córdoba, mediante la realización del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, dispuso en su contenido las normas para ordenar el territorio, que de acuerdo a la ley 388 de 1997, todo municipio conforme a su población debe formular su POT teniendo en cuenta sus características y necesidades particularidades.Para potenciar el desarrollo urbano y mejorar la calidad de vida de los habitantes y superar en lo posible la pobreza, el municipio optó por declarar lotes dentro del municipio como de desarrollo prioritaria, lo cual se convierte en una política y debe cumplirse. Según el censo nacional realizado por el DANE en el año 2005 demuestra el déficit de vivienda que posee el municipio, el cual, un porcentaje del mismo, es objetivo para el desarrollo del presente plan parcial que ajustado a las políticas nacionales sobre vivienda de interés prioritaria, se encamina a mejorar la calidad de vida de los pobladores carentes de vivienda en el sector urbano del municipio.A partir de las disposiciones del Artículo 28 de Ley 388 de 1997, modificado por el Artículo 2 de la Ley 902 de 2004 y del Artículo 6 del Decreto 4002 de 2004, la actual administración municipal de Chinú debe emprender la primera modificación excepcional de normas urbanísticas de los contenidos urbanos y rurales del corto y mediano plazo de la vigencia del PBOT.Este ejercicio se sustenta en el proceso de seguimiento y evaluación, tarea que posibilita tener una visión objetiva del impacto del plan y donde se detectan imprecisiones o inconsistencias que de alguna manera han impedido consolidar un modelo territorial real, acorde con las dinámicas propias de crecimiento y ocupación del territorio. La revisión del PBOT, debe entenderse como un espacio estratégico por excelencia, para mejorar contenidos e incorporar aspectos que en su momento no fueron considerados y que hoy son muy importantes para el desarrollo municipal.