Diagnóstico al proceso de recaudo del impuesto predial unificado en la alcaldía del municipio de Montenegro Quindío vigencia 2007 y primer semestre de 2008

Los impuestos tienen su origen en el precepto Constitucional según el cual todos los nacionales están en el deber de contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de los conceptos de justicia y equidad (artículo 95, numeral 9º de la Constitución Política de Colombia), en...

Full description

Autores:
Orrego Fandiño, Johanna Marcela
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2010
Institución:
Universidad del Quindío
Repositorio:
Repositorio Universidad del Quindío
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uniquindio.edu.co:001/1764
Acceso en línea:
https://bdigital.uniquindio.edu.co/handle/001/1764
Palabra clave:
Impuesto predial
Alcaldia
Municipio
Montenegro
Rights
openAccess
License
Derechos Reservados - Universidad del Quindio, 2016
Description
Summary:Los impuestos tienen su origen en el precepto Constitucional según el cual todos los nacionales están en el deber de contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de los conceptos de justicia y equidad (artículo 95, numeral 9º de la Constitución Política de Colombia), en otras palabras, para establecer un impuesto municipal se requiere previamente de una Ley de la Republica que autorice su creación. Una vez creado el impuesto por una ley, los municipios adquieren el derecho a administrarlo, reglamentarlo y manejarlo como lo consideren conveniente, de acuerdo con sus necesidades, sin que pueda el Congreso injerir en su administración, recortarlo, conceder exenciones, tratamientos preferenciales, extenderlo, o trasladarlo a la nación, salvo el caso de guerra exterior. Por tal motivo el Municipio de Montenegro dentro de su normatividad estableció según el acuerdo 028 el Estatuto Tributario, el cual tiene por objeto la definición general de los tributos, las sobretasas, estampillas, contribuciones, participaciones, la administración, fiscalización, determinación, discusión, control, recaudo y cobro, lo mismo que la regulación del régimen sancionatorio, sus disposiciones rigen en toda la jurisdicción del Municipio y son concordantes con los artículos 95-9, 338, 363 de la norma superior.