Tratamiento contable de los contratos de mandatos de acuerdo a su aplicación, contabilización, ejecución y los beneficios tributarios.
El contrato de mandato se encuentra regulado en los artículos 2142 al 2199 del Código Civil, definido como un contrato en que una persona confía la gestión de uno o más de negocios a otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera. La persona que concede el encargo se llama comite...
- Autores:
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Franco Cárdenas, Mary Luz
Castaño Sánchez, María Esmeralda
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2013
- Institución:
- Universidad del Quindío
- Repositorio:
- Repositorio Universidad del Quindío
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uniquindio.edu.co:001/1173
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uniquindio.edu.co/handle/001/1173
- Palabra clave:
- Arbitrio
Contratos
Consensual
Fiducia
- Rights
- openAccess
- License
- Derechos Reservados - Universidad del Quindío
Summary: | El contrato de mandato se encuentra regulado en los artículos 2142 al 2199 del Código Civil, definido como un contrato en que una persona confía la gestión de uno o más de negocios a otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera. La persona que concede el encargo se llama comitente o mandante, y la que lo acepta apoderado, procurador, y en general mandatario. Este contrato presenta dos elementos principales: el mandante, que es la persona física o jurídica que encarga a otra realice en su nombre y por su cuenta o únicamente por su cuenta determinados actos jurídicos, siempre que éstos sean lícitos y; el mandatario, que por su parte es la persona física o moral que recibe el encargo de realizar por cuenta de otro determinados actos jurídicos lícitos. El mandatario practica y declara a la DIAN y a los municipios las retenciones por impuesto de renta, por impuesto de IVA y por impuesto de industria y comercio practicadas en la ejecución de su mandato, siempre revistiéndose de las características tributarias del mandante. |
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