Paralelo impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros en 10 ciudades capitales de Colombia
En Colombia a partir de la constitución de 1.886 se facultó a los Concejos Municipales para ordenar mediante acuerdos o reglamentos interiores, lo conveniente para cada Municipio en lo relacionado a contribuciones y gastos; más adelante, con exactitud, se les faculto para imponer contribuciones para...
- Autores:
-
Lievano Cárdenas, Elizabeth
Rangel Raba, Javier Mauricio
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2011
- Institución:
- Universidad del Quindío
- Repositorio:
- Repositorio Universidad del Quindío
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uniquindio.edu.co:001/1517
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uniquindio.edu.co/handle/001/1517
- Palabra clave:
- Planteamiento del problema
Formulación del problema
- Rights
- openAccess
- License
- Derechos Reservados - Universidad del Quindio, 2016
Summary: | En Colombia a partir de la constitución de 1.886 se facultó a los Concejos Municipales para ordenar mediante acuerdos o reglamentos interiores, lo conveniente para cada Municipio en lo relacionado a contribuciones y gastos; más adelante, con exactitud, se les faculto para imponer contribuciones para el servicio municipal dentro de los límites señalados por la ley y previa autorización de las Asambleas Departamentales, partiendo de aquí, se determino entonces que cada municipio tendría autonomía para reglamentar las contribuciones de origen netamente municipal, para que de esta forma se crearan mecanismos de recaudo y control de los Impuestos a que se dan origen dentro del territorio de cada municipio, y de esta manera lograr el fortalecimiento de las rentas propias de los territorios, tales como Impuesto Predial, Industria y Comercio y su complementario Avisos y Tableros, entre otros. |
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