La necesidad de implementar el control judicial de la acusación en el proceso penal colombiano
EN COLOMBIA, EL SISTEMA PROCESAL PENAL, SE ENCUENTRA CONTENIDO EN LA LEY 906 DE 2004: CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL, EL CUAL CONSAGRA LO RELACIONADO CON LA AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE ACUSACIÓN, EN SUS ARTÍCULOS 336 AL 347, SIN EMBARGO, EN SU DESARROLLO, NO SE ESTABLECIÓ NINGÚN CONTROL AL ESCRITO DE...
- Autores:
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Giraldo reyes, Oscar Horacio
Navas Mejia, Diego Fernando
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2016
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/9276
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/9276
- Palabra clave:
- Control judicial
Sistema procesal
Acusación
SISTEMA ACUSATORIO - - COLOMBIA
CONTROL JUDICIAL
PROCEDIMIENTO PENAL
DERECHO - - TESIS Y DISERTACIONES ACADEMICAS
Control Judicial
Acusación
Proceso Penal
- Rights
- restrictedAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | EN COLOMBIA, EL SISTEMA PROCESAL PENAL, SE ENCUENTRA CONTENIDO EN LA LEY 906 DE 2004: CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL, EL CUAL CONSAGRA LO RELACIONADO CON LA AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE ACUSACIÓN, EN SUS ARTÍCULOS 336 AL 347, SIN EMBARGO, EN SU DESARROLLO, NO SE ESTABLECIÓ NINGÚN CONTROL AL ESCRITO DE FORMULACIÓN DE ACUSACIÓN, ES DECIR QUE ESTE CARECE DE IMPUTACIÓN, LO CUAL GENERA AFECTACIÓN DEL DERECHO A LA DEFENSA QUE TIENEN LAS PARTES (INTERVINIENTES) EN DICHA AUDIENCIA, POR SU INEXISTENCIA, ASÍ COMO EL DERECHO A LA LIBERTAD; Y QUE ADEMÁS, VA EN CONTRA VÍA DEL ESTADO DEMOCRÁTICO COMO EL COLOMBIANO. LA AUSENCIA O FALTA DE CONTROL JUDICIAL AL ESCRITO DE ACUSACIÓN, ES UNA FALENCIA DE LA LEY 906 DE 2004, LO CUAL HA GENERADO QUE EL ACTO DE LA ACUSACIÓN PRESENTE EXTRALIMITACIONES DE PODER, POR PARTE DE LA FISCALÍA, QUIENES PRESENTAN SUS ESCRITOS DE ACUSACIÓN ANTE LOS JUECES DE CONOCIMIENTO, FOMENTANDO PARCIALIDAD Y AFECTANDO EL DERECHO A LA DEFENSA DE QUIENES SON INVESTIGADOS. DE ACUERDO A LO ANTERIOR, SE DESARROLLA ESTA INVESTIGACIÓN, LA CUAL SE HA ESTRUCTURADO EN SIETE CAPÍTULOS, EN EL PRIMERO DE ELLOS SE RELACIONAN LAS GENERALIDADES DEL PROYECTO, COMO SON EL TÍTULO, PLANTEAMIENTO, FORMULACIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DEL PROBLEMA, JUSTIFICACIÓN, Y EL OBJETIVO GENERAL, Y ESPECÍFICOS. EL SEGUNDO CAPÍTULO CONTIENE EL MARCO DE REFERENCIA DE LA INVESTIGACIÓN, EL CUAL ESTÁ CONFORMADO POR LOS ANTECEDENTES, LAS BASES TEÓRICAS Y JURÍDICAS. EN EL TERCER CAPÍTULO SE ABORDA EL DISEÑO METODOLÓGICO, EL CUAL CONTIENE EL TIPO Y MÉTODO DE INVESTIGACIÓN, LA POBLACIÓN Y MUESTRA, Y, LAS TÉCNICAS DE RECOLECCIÓN DE LA INFORMACIÓN. EL CUARTO CAPÍTULO PRESENTA LA EXPLICACIÓN DE LA AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE ACUSACIÓN Y SU TRÁMITE EN EL PROCESO PENAL COLOMBIANO, DESCRIBIENDO DE ACUERDO A LA LEY 906 DE 2004, EL PAPEL DE LA VÍCTIMA; LOS IMPEDIMENTOS, RECUSACIONES E IMPUGNACIÓN DE COMPETENCIA; LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN; LA FECHA DE LA AUDIENCIA PREPARATORIA; EL DESCUBRIMIENTO DE LOS ELEMENTOS MATERIALES PROBATORIOS Y EVIDENCIA FÍSICA; LAS SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE REVELACIÓN DE INFORMACIÓN DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE DESCUBRIMIENTO; LA PROCEDENCIA PARA EXPOSICIONES; Y FINALMENTE, UN RESUMEN DETALLADO DEL TRÁMITE. EN EL QUINTO CAPÍTULO, SE DETERMINA EL TIPO DE CONTROL QUE TIENE LA AUDIENCIA DE ACUSACIÓN EN EL PROCESO PENAL COLOMBIANO Y CÓMO SE APLICA ESTE, PARA LO CUAL SE REALIZA UN ANÁLISIS DE LO CONSAGRADO EN LA LEY 906 DE 2004, Y ALGUNOS PRONUNCIAMIENTOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, EN RELACIÓN CON EL CONTROL MATERIAL Y FORMAL QUE DEBE REALIZÁRSELE AL ESCRITO DE ACUSACIÓN. EL SEXTO CAPÍTULO, EXAMINA EL MANEJO QUE SE DA AL CONTROL FORMAL DE LA ACUSACIÓN EN LOS PROCESOS PENALES DE PAÍSES COMO ESTADOS UNIDOS, CHILE, Y PERÚ, Y LOS APORTES DE ESTOS AL ORDENAMIENTO JURÍDICO COLOMBIANO, PRESENTANDO UN EXAMEN DEL TIPO DE CONTROL QUE SE PRESENTA EN ESTOS PAÍSES DONDE EL SISTEMA PROCESAL PENAL, CUENTA CON UNA FASE INTERMEDIA O VISTA PRELIMINAR EN DONDE EL JUEZ EJERCE UN CONTROL A LA ACUSACIÓN, TANTO FORMAL COMO MATERIAL. EN EL SÉPTIMO CAPÍTULO SE PRESENTAN LAS CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DE LA INVESTIGACIÓN, LA CUAL CONCLUYE QUE ES NECESARIO INCORPORAR EN EL SISTEMA PROCESAL PENAL COLOMBIANO, UNA FASE INTERMEDIA O VISITA PRELIMINAR EN DONDE EL JUEZ EJERZA UN CONTROL A LA ACUSACIÓN, TANTO FORMAL COMO MATERIAL, POR LO QUE SE RECOMIENDA QUE SE REALICE UNA REFORMA LEGISLATIVA AL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL, QUE PERMITA INCLUIR LA FASE INTERMEDIA, ENTRE LA FORMULACIÓN DE LA ACUSACIÓN Y LA AUDIENCIA PREPARATORIA. |
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