La Concepción francesa y colombiana de los Derechos Fundamentales.Un enfoque normativista.

Los Derechos fundamentales son la base material de los órdenes jurídicos modernos.3 Esta es la intuición de entrada a la cognición de una unidad jurídica cuyo debate no ha parado de enriquecerse tanto en Francia como en Colombia en las últimas décadas. Las hipótesis alrededor de la objetivación de l...

Full description

Autores:
Delgado Córdoba, Diego Armando
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/11831
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/11831
Palabra clave:
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Los Derechos fundamentales son la base material de los órdenes jurídicos modernos.3 Esta es la intuición de entrada a la cognición de una unidad jurídica cuyo debate no ha parado de enriquecerse tanto en Francia como en Colombia en las últimas décadas. Las hipótesis alrededor de la objetivación de los derechos fundamentales vienen de varios horizontes, no solamente de la Doctrina Jurídica o de la concepción amplia que nos podamos hacer de la Teoría del Derecho. Estas provienen igualmente de otras disciplinas tales como la filosofía política y moral, de la Sociología del derecho, de la Ciencia política y de aquella que constituye nuestro enfoque disciplinario en esta investigación, del Derecho Comparado. Por estos motivos, emprender una cognición disciplinar especifica de los derechos fundamentales requiere primero que todo de no ser indiferente a la pluralidad epistemológica que compite por la cognición de esta unidad de estudio. Este compromiso nos permitirá evitar la confusión de objetos y métodos de estudio disimiles logrando en su lugar establecer relaciones pertinentes de cooperación científica. Del mismo modo, una cognición comparatista de tipo jurídico presupone la existencia de características comunes entre los objetos que se presentan como comparables. Esta condición epistemológica nos obliga a efectuar una revisión analítica de la pluralidad terminológica utilizada en cada cultura jurídica con el fin de depurarla semántica y epistemológicamente al momento de la estipulación del objeto teórico jurídico común sobre el cual se efectuará la comparación. Es solamente de esta forma, que será posible formular la problemática específica como el método a partir del cual se emprenderá su estudio en este trabajo.