Diseño de un manual guía para la determinación y cumplimiento de las obligaciones tributarias de las entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen tributario especial de que trata el artículo 19 del Estatuto Tributario
Mediante un comparativo de las condiciones de las ESAL ante y después de la ley 1819 de 2016, se analizó el patrón de comportamiento de la obligatoriedad de cumplimiento de las responsabilidades que poseían las mismas, llegando a la conclusión que la normatividad anterior no ejercía una adecuada vig...
- Autores:
-
Peña Calad, Karen Johana
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2019
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/20126
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/20126
- Palabra clave:
- Diseño
Manual
Guía
Obligaciones tributarias
Entidades sin ánimo de lucro
Régimen tributario especial
Artículo 19 Estatuto Tributario
Artículo 19 Estatuto Tributario
Special tax regime
Non-profit entities
Tax obligations
Guide
Handbook
Design
Ley 1819 de 2016 -- Aplicación
Organizaciones sin ánimo de lucro -- Impuestos -- Colombia
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | Mediante un comparativo de las condiciones de las ESAL ante y después de la ley 1819 de 2016, se analizó el patrón de comportamiento de la obligatoriedad de cumplimiento de las responsabilidades que poseían las mismas, llegando a la conclusión que la normatividad anterior no ejercía una adecuada vigilancia y control sobre estas entidades, teniendo en cuenta que de acuerdo a la investigación emitida por el diario de la república, el número de ESAL que habían antes de la ley 1819 ascendía a 193.070 y posteriormente solo 45.711 cumplían realmente con las características para hacer parte del régimen. De acuerdo a ello se evaluaron las obligaciones que deben cumplir de ahora en adelante las ESAL, cuyas condiciones más relevantes las define el artículo 19 del estatuto tributario, que plantea que estas ESAL, tiene la obligación de estar legalmente constituidas, tener una actividad meritoria, no efectuar distribución ni directa ni indirectamente de los excedentes para poder estar en el RTE; y en torno a esto otras normas sustentan la razón de ser de estos 3 numeral del artículo antes mencionado. Aunado a ello se analizaron los beneficios adquiridos cuando se está en el RTE y que circunstancias pueden llevar a los contribuyentes ya clasificados a ser excluidos del régimen, o para aquellos que están solicitando calificación no ser admitidos en este, como consecuencia de la inadecuada interpretación normativa. En términos generales se desenglobo la norma, para interpretar desde el punto de vista del cambio normativo que nuevas obligaciones le asisten a las ESAL al estar en el RTE y que beneficios les proporciona este régimen. Tratando de darle al lector una amplia idea si es propicio o no este régimen partiendo de la nueva vigilancia y control que ejerce el Gobierno sobre las entidades ya mencionadas en comparación con los beneficios otorgados. |
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