Efectos Jurídicos de la Unión Marital de Hecho en Colombia

La unión marital de hecho se veía solo como un simple concubinato, que a través del tiempo ha evolucionado por el número de uniones maritales que se han conformado con la finalidad con conformar una familia y tener una vida permanente. De acuerdo a la Ley 54 de 1990 regula la unión marital de hecho...

Full description

Autores:
Aristizabal Alba, Jairo Enrique
Sierra Nuñez, Juan Carlos
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/25785
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/25785
Palabra clave:
Efectos jurídicos
unión marital de hecho
Colombia
marco legal
régimen patrimonial
sociedad de hecho
cohabitación
singularidad
permanencia
Legal effects
de facto marital union
Colombia
legal framework
patrimonial regime
de facto partnership
singularity
he remained
Unión marital de hecho -- Legislación -- Colombia
Derecho de familia -- Colombia
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:La unión marital de hecho se veía solo como un simple concubinato, que a través del tiempo ha evolucionado por el número de uniones maritales que se han conformado con la finalidad con conformar una familia y tener una vida permanente. De acuerdo a la Ley 54 de 1990 regula la unión marital de hecho y el régimen patrimonial de compañeros permanentes. Por medio del artículo 42 de la Constitución Política de Colombia establece la forma de constituir una familia como lo es por vinculo natural o jurídico, y su debida protección por parte del Estado y de la Sociedad. Por medio de la jurisprudencia se hace una búsqueda para poder equiparar la unión marital de hecho con al vínculo matrimonial, en la actualidad existe una gran variedad de jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia donde establece el reconocimiento de las uniones maritales de constituir un estado civil, por medio de argumentos en las respectivas normas. De acuerdo al artículo 1 del Decreto 1260 de 1970 donde establece el registro civil