Los términos de ejecutoria entre de las notificaciones electrónicas personales contempladas en la Ley 2213 de 2022 y la ley 1437 de 2011

Esta presentación se ocupa de señar aspectos relacionados con la notificación personal por medio de medios electrónicos, referenciando los cambios de enfoque que se han producido a través de los años, los cuales se han intensificado con la expedición del Decreto 806 de 2020. Su objetivo principal, s...

Full description

Autores:
Casas Reyes, Wilson Arturo
Fuentes Gonzalez, Cesar Ivan
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2024
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/28292
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/28292
Palabra clave:
Notificación
Electrónica
Derechos
Fundamentales
Proceso
Judicial
Mensaje
Datos
Justicia
Digital
Electronic
notification
judicial
process
fundamental
rights
data
message
digital
justice
Notificación judicial
Derecho procesal
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Esta presentación se ocupa de señar aspectos relacionados con la notificación personal por medio de medios electrónicos, referenciando los cambios de enfoque que se han producido a través de los años, los cuales se han intensificado con la expedición del Decreto 806 de 2020. Su objetivo principal, se basa en analizar las implicaciones jurídicas de los términos de ejecutoria entre de las notificaciones electrónicas personales contempladas en la ley 2213 de 2022 con respecto de las contempladas en la ley 1437 de 2011. Se aborda el estudio de la cuestión desde un método de revisión documental de fuentes legales, jurisprudenciales y doctrinales, a partir de un enfoque descriptivo-comparativo, que se conjuga con las características de una investigación inductiva, que se desarrolla desde una perspectiva cronológica en la cual se van descubriendo las formas de evolución de la notificación personal y la inclusión de medios electrónicos para realizarla. Su principal conclusión tiene que ver con la visibilizacion de la evolución de las tecnologías al servicio de la rama judicial en el apartado específico de las notificaciones, en lo que puede decirse que no se trata de una construcción reciente, ya que Colombia desde el siglo XX ha venido implementando medidas como el reconocimiento del mensaje de dato con valor judicial y otras normas que han favorecido el uso de medios digitales; por lo tanto, la implementación de la notificación personal electrónica desde el año 2020, es una consecuencia de estos avances, que en su aplicación práctica, han demostrado la necesidad de ajustes que, para el caso, han venido a ser abordados por la jurisprudencia para atender casos como la antinomia en lo relacionado con el término para llevar a cabo la ejecutoria de las notificaciones, lo cual ha venido a pacificar la cuestión permitiendo la salvaguarda de los principios de igualdad, seguridad jurídica y coherencia. De acuerdo a ello, el principal aporte de este trabajo se centra en la sistematización de la evolución de la notificación personal electrónica, así como el análisis de las alternativas de implementación de estas, de acuerdo con las soluciones que desde la jurisprudencia se abordan en cuanto a las posibles discordancias legales. Palabras Clave: Notificación electrónica, proceso judicial, derechos fundamentales, mensaje de datos, justicia digital.