Ordenes de prestación de servicios profesionales en el estado colombiano burocracia y nóminas paralelas en el sector público
El problema planteado esta en el uso excesivo e indebido de la contratación por prestación de servicios, una práctica que ha llevado a la implementación de nóminas paralelas y las funciones del personal de planta, algunas veces, es dada a estos contratistas. Además se evade “el pago de prestaciones...
- Autores:
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Vega Mora, Jhancy Paola
Vega Mora, Yuly Alejandra
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/25139
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/25139
- Palabra clave:
- Contrato estatal de prestación de servicios
Relación laboral encubierta
Solución de continuidad
Prestaciones sociales -- Pago
Sistema de Seguridad Social en Salud -- Aportes
Temporalidad
State contract for the provision of services
Covert employment relationship
Temporality
Continuity solution
Social benefits -- Payment
Social Security System in Health -- Contributions
Contrato estatal
Prestación de servicios
Relación laboral encubierta
Temporalidad
Prestaciones sociales -- Pago
Sistema de Seguridad Social en Salud -- Aportes
- Rights
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | El problema planteado esta en el uso excesivo e indebido de la contratación por prestación de servicios, una práctica que ha llevado a la implementación de nóminas paralelas y las funciones del personal de planta, algunas veces, es dada a estos contratistas. Además se evade “el pago de prestaciones sociales y de seguridad social,” haciendo que el contratista sea sometido a una precariedad económica, dado que afecta su ingreso económico al verse obligado a asumir “los costos de prestaciones sociales y de seguridad social.” Esta modalidad laboral de “órdenes de prestación de servicios profesionales” es lícita, está contemplada en el ordenamiento jurídico, el legislador la integra al régimen laboral para situaciones excepcionales. Pregunta problema: ¿La contratación por “prestación de servicios profesionales” OPS-CAPS en su formalismo de contratación con las entidades del Estado, “responde a las políticas públicas laborales e incide en las nóminas paralelas” de la institucionalidad Estatal? Como Objetivo general, se plantea revisar los elementos sustanciales de “la contratación por órdenes de prestación de servicios profesionales” (CAPS/OPS) en la contratación pública, que pueden llevar al incremento de la burocracia por nóminas paralelas y la precariedad laboral de los contratistas. En la praxis de la “contratación pública, los contratos en la modalidad de órdenes de prestación de servicios profesionales,” entre la institucionalidad del Estado y los contratistas, son dimensionados como un “problema latente que trae consigo una vulneración de los derechos” laborales consagrados en “los instrumentos jurídico laborales en el ámbito internacional” y que fueron ratificado por el Estado, como son los emanados de “la Organización Internacional de Trabajo” –OIT, y los adquiridos que están señalados en el “Código Sustantivo de Trabajo de Colombia. Como conclusión se puede afirmar que es el Consejo de Estado y la Corte Constitucional que crean el Contrato Realidad, dado el gran número de tutelas que demuestran la relación laboral que se da con el contratante, y se comprueba que la institucionalidad del Estado que realiza este tipo de contratación evade el pago de prestaciones sociales, y con su formalismo de contratación violan lo contenido en la Constitución Política (1991) y en los tratados y convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo. Es la Corte Constitucional quién en reiteradas jurisprudencias invita a los ordenadores del gasto a sujetarse a la Ley, y no hacerse incurso en un proceso disciplinario por falta gravísima y en algunos casos aplicando el Código Penal para acciones que se convierten en punitivas por atentar contra el patrimonio económico del Estado. |
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