La imputación objetiva en los delitos culposos estudiado a partir de la posición de garante
La legislación penal ha establecido diferentes perspectivas sobre la estructuración de la comisión de la conducta punible, estas son por acción u omisión, última modalidad que hace necesario un estudio más profundo de las situaciones o circunstancias en que una persona natural puede ser responsable...
- Autores:
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Tarazona Villamizar, Rosa Elena
Amaya Gómez, Yeraldin Zulay
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/28647
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/28647
- Palabra clave:
- posición de garante
imputación objetiva
comisión por omisión
omisión impropia
delito imprudente
Negligent crime
Improper comission
Comission by omision
Objective imputation
Breach of objective duty of care
Position of guarantor
Conducta punible
Conducta por omisión
Imputación objetiva
Delito Culposo
Delito imprudente
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | La legislación penal ha establecido diferentes perspectivas sobre la estructuración de la comisión de la conducta punible, estas son por acción u omisión, última modalidad que hace necesario un estudio más profundo de las situaciones o circunstancias en que una persona natural puede ser responsable de un delito. Es por ello, que cuando se origina la comisión de la conducta por omisión a un deber establecido en la constitución, la ley o determinada fuente de riesgo, permite que el sujeto aún sin desplegar algún tipo de acción pueda ser sancionado penalmente; pues pese a que no se trata de un tipo de participación, sino de un requisito que se debe estructurar en la imputación, conlleva a que el análisis del caso concreto se enmarca como un requisito de suma importancia a la hora de aplicar la normatividad, por lo que a partir de la jurisprudencia y doctrina se ilustrará más detalladamente cuando se obre por fuera de los riesgos jurídicamente permitidos se concrete en el resultado de la lesión de determinado bien jurídico tutelado, se ha estructurado no por el hacer, sino por el no hacer del agente que estaba obligado a hacerlo o que había asumido la protección del mismo, es decir que ostentaba una posición de garante. |
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