La Responsabilidad Corporativa en Crímenes de Lesa Humanidad. Las empresas como terceros responsables en delitos de lesa humanidad en el marco del conflicto armado 1985-2018
La complejidad del conflicto armado colombiano y su prolongación en el tiempo ha permitido que diversos actores participen al interior del mismo. Tradicional se habla del enfrentamiento del Estado contra grupos al margen de la ley, los cuales, a su vez, han sido catalogados como grupos de izquierda...
- Autores:
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Cuevas Zúñiga, Rodrigo Alejandro
Morris Porras, María Alejandra
Pardo Castro, Julián David
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2019
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/16014
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/16014
- Palabra clave:
- Crimes against humanity
Companies and crimes against humanity
armed conflict 1985-2018
Armed conflict in Colombia
Derecho
Crímenes de lesa humanidad -- Aspectos jurídicos -- Colombia
Conflicto armado -- Colombia
Secuestro -- Colombia
Terrorismo Colombia
Crímenes de Lesa Humanidad
Delitos de lesa humanidad
Empresas y los crímenes de lesa humanidad
conflicto armado 1985-2018
Conflicto armado en Colombia
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | La complejidad del conflicto armado colombiano y su prolongación en el tiempo ha permitido que diversos actores participen al interior del mismo. Tradicional se habla del enfrentamiento del Estado contra grupos al margen de la ley, los cuales, a su vez, han sido catalogados como grupos de izquierda y derecha, a los cuales se vendrían a sumar diferentes organizaciones macro criminales ligadas al narcotráfico o la minería ilegal. Todos estos grupos le disputan la legitimidad al Estado colombiano en relación con el control de algún resquicio del territorio. Sin embargo, no puede afirmarse que estos sean todos los actores del conflicto. Desde hace ya algunas décadas se formula el interrogante en torno a quién o quiénes se encuentran detrás del conflicto armado colombiano. Y se ha llegado a afirmar, no sin cierta razón, que responder a este interrogante equivale a identificar a quiénes se han beneficiado o lucrado de la pervivencia del conflicto. Al rastrear en la historia del conflicto y remontarnos a los inicios del siglo XX resulta posible constatar que más allá de los actores tradicionales, siempre han estado presentes los grandes capitales, nacionales y extranjeros, como partícipes del conflicto armado que ha vivido nuestro país. Podría incluso afirmarse que la relación de los grandes capitales con el conflicto es doble: en primer lugar, como responsables de la compleja situación de desigualdad que se vive en el país, en tanto que la ausencia de responsabilidad social empresarial ha conducido a que no se de una adecuada redistribución del ingreso y, por el contrario, las grandes empresas hayan terminado, en ciertos casos, por desmejorar la situación de los colombianos, tal como ha sucedido, por ejemplo, con los grandes latifundios de monocultivos que no han traído ningún progreso para las regiones, tal como sucedió a lo largo del siglo XX con la industria del banano o como sucede en la actualidad con la industria de la palma de aceite. Bajo la anterior perspectiva no resulta descabellado afirmar que los grandes capitales empresariales han sido, en parte, y de forma indirecta, responsables de la violencia en Colombia. Sin embargo, para lo que interesa a la presente investigación, en segundo lugar, encontramos la relación directa que se ha establecido entre las empresas y ciertos grupos criminales, tal como se ejemplifica en uno de los casos más sonados, el de la Chiquita Brands, una empresa de capital norteamericano que por décadas se dedicó a la explotación y distribución de plátanos en varios países de Centroamérica y en la región del Urabá colombiano, zona que es compartida por tres departamentos fuertemente azotados por la violencia: Antioquia, Chocó y Córdoba. El caso específico se relaciona con el hecho de que esta empresa realizó pagos a los paramilitares. La naturaleza de estos pagos aún no es del todo clara, algunos directivos de la compañía insisten en que se trató de una extorsión; sin embargo, otras pruebas y testimonios parecen apuntar a que se trató de una abierta colaboración criminal en la cual la compañía norteamericana tenía claridad sobre los beneficios que le reportaría la alianza con los grupos paramilitares. Un segundo caso, de no menor trascendencia, es el de Urapalma S.A. Una empresa de capital nacional que en alianza con los grupos paramilitares amenazó y desplazó a campesinos del Urabá antioqueño y chocoano con la única finalidad de quedarse con sus tierras y ampliar los monocultivos de palma. En estas operaciones criminales cobran, de nuevo, gran relevancia las estructuras empresariales, pues se pasó de la vieja figura del testaferro a la creación de empresas legalmente constituidas que terminan por ser propietarias de los bienes, punto en el cual se debe considerar que la normatividad impide que se pueda conocer quiénes son los dueños de una determinada empresa, lo que, en ocasiones, las convierte en la fachada perfecta para la criminalidad. Dando por sentado que la relación entre las empresas y el paramilitarismo ha sido una realidad en el conflicto armado colombiano debemos pasar al segundo punto de interés de la presente investigación, el cual se vincula con la capacidad real de la justicia para juzgar estos casos. Tal como lo veremos acudiendo a la perspectiva propia del Derecho comparado, se puede indicar, adelantándonos a las conclusiones, que la justicia colombiana carece de los mecanismos necesarios para hacer frente a la investigación y juzgamiento de situaciones en las cuales los poderes económicos y los grupos al margen de la ley se unen para delinquir. En este punto será de gran importancia un análisis comparado que muestre no solo la legislación existente en otros países, sino que además se encargue de analizar el tratamiento bastante diferente que se ha dado al caso de la Chiquita Brands en dos sistemas jurídicos completamente diferentes, el sistema jurídico norteamericano y el sistema jurídico colombiano. Ubicados ya en el camino del posconflicto, la alianza entre los capitales económicos y la criminalidad representa un gran obstáculo para que se haga justicia, se conozca la verdad y se garantice la no repetición. Es por este motivo que una investigación como la presente se vuelve valiosa, en tanto señala los vacíos de la justicia colombiana al momento de entrar a juzgar la responsabilidad corporativa en crímenes de lesa humanidad. En el aspecto formal, la investigación se encuentra dividida en tres apartados. En el primero se hace una aproximación al conflicto armado colombiano desde la perspectiva de los derechos humanos y la justicia transicional. En el segundo se realiza un ejercicio de derecho comparado en el cual se revisa el tratamiento que se da a la responsabilidad corporativa en otras latitudes. En el tercer apartado, que constituye el núcleo de la presente investigación, se realiza un estudio de caso que comprende tanto el juzgamiento de Chiquita Brands como de Urapalma S.A. La pregunta que guía el desarrollo de la investigación se circunscribe a determinar ¿cuál es la responsabilidad de las empresas como terceros responsables en delitos de lesa humanidad en el conflicto colombiano? La justicia colombiana se ha mostrado ineficiente a la hora de investigar y juzgar crímenes en los cuales han participado empresas nacionales y extranjeras en colaboración con los grupos armados que operan a lo largo y ancho del territorio nacional. Esto obedece, en buena parte, a que en nuestro país la justicia penal todavía trabaja a partir de criterios dogmáticos centrados en la responsabilidad individual y sin que se hayan hecho intentos legislativos serios por implementar sistemas de responsabilidad empresarial, especialmente cuando se conoce que grandes corporaciones, nacionales y extranjeras, han hecho parte del conflicto armado colombiano y han participado en la comisión de crímenes de lesa humanidad. Es en este contexto que surge nuestra hipótesis de trabajo, la cual se circunscribe a indicar que la justicia penal colombiana no tiene la capacidad suficiente para investigar y juzgar crímenes de lesa humanidad en los cuales han participado grupos empresariales en alianza con grupos delictivos. Esto se vuelve especialmente relevante en el posconflicto, donde se debe garantizar a las víctimas derechos como la verdad y la no repetición, especialmente porque muchas figuras empresariales sirven como velos que impiden saber quiénes fueron los auténticos responsables. |
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