El modelo de elección del Fiscal General de la Nación en Colombia, afecta la efectividad de la Fiscalía para investigar delitos cometidos contra la adminsitración pública: una mirada desde la separación de poderes.

En Colombia, con la Constitución de 1991, fue creada la Fiscalía General de la Nación, órgano encargado de la persecución penal por parte del Estado y cuyo director, ha sido elegido por la Corte Suprema de Justicia de una terna conformada por el Presidente de la Republica. En el presente artículo, s...

Full description

Autores:
Gartner Bermudez, Julio Cesar
Alvarez Gartner, Jenny Mercedes
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/25551
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/25551
Palabra clave:
Modelo de elección
Fiscal general de la nación
Fiscalía
Afectaciones
Investigación de delitos
Delitos en administración pública
Separación de poderes
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:En Colombia, con la Constitución de 1991, fue creada la Fiscalía General de la Nación, órgano encargado de la persecución penal por parte del Estado y cuyo director, ha sido elegido por la Corte Suprema de Justicia de una terna conformada por el Presidente de la Republica. En el presente artículo, se busca establecer si este mecanismo afecta la independencia del órgano encargado de investigar entre muchos, los delitos contra la administración pública dado el historial de corrupción en países como Colombia. Se intentará reflexionar si la elección del Fiscal General de la Nación tal y como está configurado en el artículo 249 de nuestra carta magna va en contra de los principios de teorías de la separación de poderes. Por último, abordaremos algunos intentos del Congreso para modificar aspectos de la elección del Fiscal General de la Nación de los cuales se buscaba cambiar el método de escogencia de los candidatos para la terna, que actualmente y por mandato Constitucional, se origina por criterios propios de parte del Presidente de la República.