Las ordenes de prestación de servicios en el sector publico. Una vinculación laboral subyacente

El 9 septiembre de 2021 la sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda del Consejo de Estado profirió una sentencia de unificación jurisprudencial (SUJ-025-CE-S2-2021) con ocasión del estudio de una demanda que había interpuesto la ciudadana GLORIA LUZ MANCO QUIROZ, que, según ella, había...

Full description

Autores:
Rojas Bautista, Mauricio
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/22911
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/22911
Palabra clave:
orden de prestación de servicios
contratos estatales
subordinación
nóminas paralelas
order of service provision
state contracts
subordination
parallel payrolls
Derecho administrativo
Contratos públicos -- Aspectos jurídicos -- Colombia
Contratos públicos -- Aspectos jurídicos -- Colombia
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:El 9 septiembre de 2021 la sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda del Consejo de Estado profirió una sentencia de unificación jurisprudencial (SUJ-025-CE-S2-2021) con ocasión del estudio de una demanda que había interpuesto la ciudadana GLORIA LUZ MANCO QUIROZ, que, según ella, había trabajado en la Personería de Medellín durante varios años vinculada a través de varias órdenes de prestación de servicios que se demostró que no eran tales sino contratos laborales subyacentes. La sentencia aludida fue muy comentada, sobre todo en redes sociales, porque en Colombia son miles las personas que laboran en entidades estatales contratadas a través de esa modalidad, muchas de las cuales podrían estar en la misma situación que la señora Gloria Luz. De ahí que sea pertinente formular la pregunta: ¿Son las órdenes de prestación de servicios en el sector público una vinculación laboral subyacente? Para resolver el interrogante se definieron varios términos, necesarios para contextualizar, como contrato estatal, orden de prestación de servicios, vinculación laboral, contrato realidad y trabajador oficial. Luego, se hicieron análisis de la sentencia aludida del Consejo de Estado; de una sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Casanare; y de una orden de prestación de servicios profesionales de una entidad territorial de Arauca escogida al azar en el Secop. . Con base en esas sentencias, y en literatura pertinente, se llegó a la conclusión de que en Colombia algunas entidades territoriales disfrazan los contratos laborares con órdenes de prestación de servicios para no pagar prestaciones sociales y demás obligaciones de ley, y para pagar favores políticos configurando nóminas paralelas.