Desnaturalización del Cobro Coactivo Del Impuesto Predial
El estado colombiano al igual que la mayoría de los países han creado impuestos, gravámenes tasas o contribuciones en favor del medio ambiente. Bajo la constitución política de 1991 se establece un porcentaje al medio ambiente en el que los municipios decidirán si adoptan por el modelo de sobretasa...
- Autores:
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Rojas Lache, Aura Rocío
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/24088
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/24088
- Palabra clave:
- Gravamen ambiental
Prescripción
Cobro Coactivo
Impuesto Predial
Porcentaje
Sobretasa
Derecho procesal
Derecho fiscal -- Colombia
Impuesto predial -- Colombia
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | El estado colombiano al igual que la mayoría de los países han creado impuestos, gravámenes tasas o contribuciones en favor del medio ambiente. Bajo la constitución política de 1991 se establece un porcentaje al medio ambiente en el que los municipios decidirán si adoptan por el modelo de sobretasa o porcentaje y se les encomienda la labor del recaudo. Aun cuando no existe norma que así lo indique los municipios cuando inician los procesos de cobro coactivo por impuesto predial también exigen al contribuyente el gravamen ambiental. Estas acciones de cobro permitirían pensar que las decisiones que se tengan que adelantar hasta el recaudo estaría en cabeza de los municipios y una vez se recauda y son transferidas ya su disposición y destinación quedan a potestad de las Corporaciones Autónomas Regionales. A la fecha existe un vacío legal sobre quien decide la prescripción del gravamen ambiental que es un derecho que le asiste al contribuyente por disposición legal. La postura de las corporaciones manifestada a través de circulares es que este gravamen ambiental no prescribe. Por su parte los municipios consideran que son ellos como recaudadores y ejecutantes en los procesos de cobro coactivo quienes están facultados a decidir si aplica o no la prescripción. |
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