Fallas en la administración de justicia que conllevan a privaciones injustas de la libertad
La presunción de inocencia está consagrada como un derecho fundamental y además goza de especial protección en diversos tratados internacionales adoptados por Colombia que hace parte del bloque de constitucionalidad. Como lo ha reiterado la Corte Constitucional “La presunción de inocencia es una de...
- Autores:
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Garnica Rozo, Ana María
Quiroga Sandoval, Jonathan Alexander
Rosero Bedoya, Ivonne Maritza
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- Fecha de publicación:
- 2017
- Institución:
- Universidad Libre
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Derecho
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La presunción de inocencia está consagrada como un derecho fundamental y además goza de especial protección en diversos tratados internacionales adoptados por Colombia que hace parte del bloque de constitucionalidad. Como lo ha reiterado la Corte Constitucional “La presunción de inocencia es una de las columnas sobre las cuales se configura el Estado de Derecho y es, de igual modo, uno de los pilares fundamentales de las democracias modernas. Su significado práctico consiste en que quien ha sido imputado de haber cometido un delito se presume inocente hasta tanto no se haya demostrado lo contrario mediante sentencia debidamente ejecutoriada.”62. En la misma sentencia la Corte ha dicho que las personas vinculadas a un proceso no son las llamadas a aportar pruebas que acrediten su inocencia, sino que la carga probatoria les corresponde a las autoridades judiciales, en cabeza de ellos está la obligación de desvirtuar dicha presunción, luego de un debido proceso. Como se ha dicho en líneas anteriores la presunción de inocencia es el principio en el que se pueden edificar los demás derechos de los que gozan las personas, por eso es que se debe velar por una garantía lo más efectiva posible. En la práctica judicial la realidad es diferente porque si bien está establecida la relevancia de este derecho, en muchas circunstancias se deja de lado y casi que es inoperante, muchos operadores judiciales responden a las reacciones sociales que piden de manera casi exclusiva la medida de aseguramiento, esto no solo va en contravía de lo establecido constitucionalmente, sino que además ocasiona un detrimento patrimonial que le cuesta al Estado billones de pesos al año. Los operadores judiciales junto a las instituciones deben necesariamente racionalizar las medidas de aseguramiento y conservar la esencia del derecho penal, que implica la mínima intervención, y si ha de decretarse una medida de aseguramiento este debe ser el último recurso al que acudan. De esta investigación de más de dos años surgieron posibles fórmulas que pudiesen aplicarse satisfactoriamente en la política criminal actual, esto con el fin de reducir significativamente los errores en la administración de justicia que conllevan a privaciones injustas de la libertad, estas posibles soluciones no entran en conflicto con el ordenamiento jurídico porque están vistas en clave constitucional, si bien no se espera que sea una armonización pacífica, se insta a las instituciones a realizar una aplicación paulatina que no solo va a traer consigo beneficios para las personas que se encuentran actualmente inmersas en un proceso, y eventualmente podrían terminar siendo víctimas, sino también ayuda significativamente al desarrollo profesional de los operadores judiciales. |
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BLANCO BLANCO, Jacqueline. De los derechos sociales sobre libertad e igualdad a la definición de los derechos civiles y políticos después de la independencia. En: Revista PROLEGÓMENOS Derechos y valores. Julio-diciembre, 2010. Vol.13. No.26 p.43. COLOMBIA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA. Preámbulo. (1991) COLOMBIA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA. Artículo 13. (1991) COLOMBIA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA. Artículo 13. (1991) COLOMBIA CONSTITUCIÓN POLÍTICA. Articulo 28 (1991) FRANCIA, DECLARACIÓN DE DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CUIDADANO. 1789. Artículo 9. COSTA RICA, San José. Convención Interamericana de Derechos Humanos (07, noviembre, 1969) GUARÍN RAMÍREZ, Edgar Antonio. El valor de la libertad en el Derecho: ¿Vivir como cada uno quiera? En: Revista IUSTA. Noviembre, 2010. Vol. 33, p. 44. GUARÍN RAMÍREZ, Edgar Antonio. El valor de la libertad en el Derecho: ¿Vivir como cada uno quiera? En: Revista IUSTA. Noviembre, 2010. Vol. 33, p. 47. GUARÍN RAMÍREZ, Edgar Antonio. El valor de la libertad en el Derecho: ¿Vivir como cada uno quiera? En: Revista IUSTA. Noviembre, 2010. Vol. 33, p. 52. HOYOS DUQUE, Ricardo. “La responsabilidad del Estado y los Jueces por la actividad jurisdiccional en Colombia en revista vasca de administración Pública, 1997, Pág. 141. LÓPEZ MORALES, Jairo “Responsabilidad del Estado por error judicial” Ediciones doctrina y ley. Bogotá, Colombia. 1997 pág. 297 LÓPEZ MORALES, Jairo “responsabilidad del Estado por error judicial” ediciones doctrina y ley. Bogotá Colombia, 1997 Pag.294 ORJUELA PÉREZ, Ervin Marino. Responsabilidad civil extracontractual del Estado por la privación legal e injusta de la libertad. En: Justicia Juris. Marzo, 2010. Vol.6. No.12 p.89. SARATA, Alessandro. Criminología crítica y crítica del derecho penal. Introducción a la sociología jurídico-penal. Buenos Aires. 2004. SIERRA, Hugo Mario. SALVADOR CÁNTARO, Alejandro. Lecciones de derecho penal. Bogotá D.C. 1990. TISNÉS PALACIO, Juan Sebastián. 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Sentencia C-127-11 (2, marzo, 2011).http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2011/C-127-11.htm COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 2700 (7, marzo, 1996), Diario oficial, Bogota, D C.1996 COLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-774-01 (25, julio, 2005). Según consideraciones de la Corte, la libertad personal, principio y derecho fundante del Estado Social de Derecho. Bogotá, D.C, 2001. expediente D- 3271. http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2001/c-774-01.htm COLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C 289 de 2012 ( 18, abril de 2012). http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2012/C-289-12.htm COLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C 521 de 2009 ( 4, agosto de 2009). http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2009/C-521-09.htm COLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C 782 de 2005 ( 28, julio de 2005). http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2005/C-782-05.htm COLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C 200 de 2002 (19, marzo de 2002). http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2002/C-200-02.htm COLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C 069 de 2009 (10, febrero de 2009). http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2009/C-069-09.htm COLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-037-00 (26, enero, 2000). http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2000/C-037-00.htm COLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-163-08 (20, febrero, 2008). http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2008/C-163-08.htm COSTA RICA, SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sentencia 406 de 1994. http://sitios.poderjudicial.go.cr/salaconstitucional/Constitucion%20Politica/Sentencias/1994/94- 00406.htm GALA, Antonio. Historia de la libertad. Instituto Iberoamericano de Derechos Humanos, p.51http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/4/1837/5.pdf GARCÍA AQUINO, Jhonny. Política criminal en un Estado de Derecho. Citado el 26 de Octubre de 2014). 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En la misma sentencia la Corte ha dicho que las personas vinculadas a un proceso no son las llamadas a aportar pruebas que acrediten su inocencia, sino que la carga probatoria les corresponde a las autoridades judiciales, en cabeza de ellos está la obligación de desvirtuar dicha presunción, luego de un debido proceso. Como se ha dicho en líneas anteriores la presunción de inocencia es el principio en el que se pueden edificar los demás derechos de los que gozan las personas, por eso es que se debe velar por una garantía lo más efectiva posible. En la práctica judicial la realidad es diferente porque si bien está establecida la relevancia de este derecho, en muchas circunstancias se deja de lado y casi que es inoperante, muchos operadores judiciales responden a las reacciones sociales que piden de manera casi exclusiva la medida de aseguramiento, esto no solo va en contravía de lo establecido constitucionalmente, sino que además ocasiona un detrimento patrimonial que le cuesta al Estado billones de pesos al año. Los operadores judiciales junto a las instituciones deben necesariamente racionalizar las medidas de aseguramiento y conservar la esencia del derecho penal, que implica la mínima intervención, y si ha de decretarse una medida de aseguramiento este debe ser el último recurso al que acudan. De esta investigación de más de dos años surgieron posibles fórmulas que pudiesen aplicarse satisfactoriamente en la política criminal actual, esto con el fin de reducir significativamente los errores en la administración de justicia que conllevan a privaciones injustas de la libertad, estas posibles soluciones no entran en conflicto con el ordenamiento jurídico porque están vistas en clave constitucional, si bien no se espera que sea una armonización pacífica, se insta a las instituciones a realizar una aplicación paulatina que no solo va a traer consigo beneficios para las personas que se encuentran actualmente inmersas en un proceso, y eventualmente podrían terminar siendo víctimas, sino también ayuda significativamente al desarrollo profesional de los operadores judiciales.The presumption of innocence is enshrined as a fundamental right and also enjoys special protection in various international treaties adopted by Colombia that is part of the constitutional block. As reiterated by the Constitutional Court "The presumption of innocence is one of the columns on which the Rule of Law is configured and is, likewise, one of the fundamental pillars of modern democracies. Its practical meaning is that whoever has been accused of having committed a crime is presumed innocent until proven otherwise by a duly enforced judgment. "62. In the same ruling the Court has said that the people linked to a process are not called to provide evidence to prove their innocence, but that the burden of proof belongs to the judicial authorities, leading them is the obligation to distort this presumption , after due process. As has been said in previous lines, the presumption of innocence is the principle on which the other rights that people enjoy can be built, that is why it is necessary to ensure a guarantee as effective as possible. In judicial practice the reality is different because although the relevance of this right is established, in many circumstances it is left aside and almost inoperative, many judicial officers respond to the social reactions that almost exclusively ask for the assurance measure , this not only goes against the constitutionally established, but also causes a patrimonial detriment that costs the State billions of pesos a year. The judicial operators together with the institutions must necessarily rationalize the insurance measures and preserve the essence of the criminal law, which implies the minimum intervention, and if an insurance measure is to be decreed, this must be the last resort to which they go. From this investigation of more than two years, possible formulas emerged that could be satisfactorily applied in the current criminal policy, this in order to significantly reduce errors in the administration of justice that lead to unjust deprivation of liberty, these possible solutions do not enter into conflict with the legal system because they are seen in constitutional terms, although it is not expected to be a peaceful harmonization, institutions are urged to make a gradual application that will not only bring benefits for people who are currently immersed in a process, and could eventually end up being victims, but also significantly helps the professional development of judicial operators.PDFapplication/pdfspahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombiainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Administración de justiciaLibertad (Derecho)DerechoDelphi methodDeprivation of libertyErrors Administration of JusticeCouncil of StateCriminal policyCONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIACONCEJO DE ESTADODERECHOS HUMANOSDERECHO PENALJURISPRUDENCIAMétodo DelphiPrivación de la LibertadErrores Administración de JusticiaConsejo de EstadoPolítica CriminalFallas en la administración de justicia que conllevan a privaciones injustas de la libertadTesis de Pregradoinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1finfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisBLANCO BLANCO, Jacqueline. De los derechos sociales sobre libertad e igualdad a la definición de los derechos civiles y políticos después de la independencia. En: Revista PROLEGÓMENOS Derechos y valores. Julio-diciembre, 2010. Vol.13. No.26 p.43.COLOMBIA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA. Preámbulo. (1991)COLOMBIA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA. Artículo 13. (1991)COLOMBIA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA. Artículo 13. (1991)COLOMBIA CONSTITUCIÓN POLÍTICA. Articulo 28 (1991)FRANCIA, DECLARACIÓN DE DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CUIDADANO. 1789. Artículo 9.COSTA RICA, San José. Convención Interamericana de Derechos Humanos (07, noviembre, 1969)GUARÍN RAMÍREZ, Edgar Antonio. El valor de la libertad en el Derecho: ¿Vivir como cada uno quiera? En: Revista IUSTA. Noviembre, 2010. Vol. 33, p. 44.GUARÍN RAMÍREZ, Edgar Antonio. El valor de la libertad en el Derecho: ¿Vivir como cada uno quiera? En: Revista IUSTA. Noviembre, 2010. Vol. 33, p. 47.GUARÍN RAMÍREZ, Edgar Antonio. El valor de la libertad en el Derecho: ¿Vivir como cada uno quiera? En: Revista IUSTA. Noviembre, 2010. Vol. 33, p. 52.HOYOS DUQUE, Ricardo. “La responsabilidad del Estado y los Jueces por la actividad jurisdiccional en Colombia en revista vasca de administración Pública, 1997, Pág. 141.LÓPEZ MORALES, Jairo “Responsabilidad del Estado por error judicial” Ediciones doctrina y ley. Bogotá, Colombia. 1997 pág. 297LÓPEZ MORALES, Jairo “responsabilidad del Estado por error judicial” ediciones doctrina y ley. Bogotá Colombia, 1997 Pag.294ORJUELA PÉREZ, Ervin Marino. Responsabilidad civil extracontractual del Estado por la privación legal e injusta de la libertad. En: Justicia Juris. Marzo, 2010. Vol.6. No.12 p.89.SARATA, Alessandro. Criminología crítica y crítica del derecho penal. Introducción a la sociología jurídico-penal. Buenos Aires. 2004.SIERRA, Hugo Mario. SALVADOR CÁNTARO, Alejandro. Lecciones de derecho penal. Bogotá D.C. 1990.TISNÉS PALACIO, Juan Sebastián. Presunción de inocencia: principio constitucional absoluto. En: Revista Ratio Juris. Enero-junio 1012. Vol. 7 Nº 14 p.1.AGENCIA NACIONAL DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO. (Abril, 2014). Citado el 20, Octubre, 2014. Disponible en Internet: file:///C:/Users/salas/Downloads/Esquema%20de%20decisi%C3%B3n%20adecuad a%20para%20imponer%20medida%20cautelar.%20ANDJE.pdfCOLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-479-92 (13, agosto, 1992). Bogotá, D.C., 1992.Http: //www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normasNormal.jsp?i—4351COLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-1015-10 (7, diciembre, 2010). http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2010/T-1015-10.htmCOLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-258-11 (6, abril, 2011). http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2011/c-258-11.htmCOLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-328-15 (27, mayo, 2015). http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2015/C-328-15.htmCOLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. 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