El proceso monitorio como mecanismo de descongestión judicial
El proceso monitorio es un proceso declarativo especial, donde se parte de una afirmación por parte del acreedor demandante. Con base en esa afirmación, de que existe un derecho de crédito, el juez profiere un requerimiento de pago y es allí donde se abre la oportunidad del derecho de contradicción...
- Autores:
-
Garcés Acevedo, Jennifer
Villa Ceballos, Angely
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/28749
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/28749
- Palabra clave:
- Proceso monitorio
Título ejecutivo
Requerimiento de pago
Proceso
Procedimiento
Procedimiento
Mecanismo de descongestión
Medida de descongestión
Administración de justicia
Payment procedure
The executive title
Payment
Process
Procedure
Precautionary measures
Decongestion mechanism
As descongestion
Administration of justice
Derecho civil
Proceso monitorio
Proceso disciplinario
Proceso ejecutivo -- Colombia
Administración de justicia penal -- Colombia
Descongestión judicial
Derecho comparado -- Colombia
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | El proceso monitorio es un proceso declarativo especial, donde se parte de una afirmación por parte del acreedor demandante. Con base en esa afirmación, de que existe un derecho de crédito, el juez profiere un requerimiento de pago y es allí donde se abre la oportunidad del derecho de contradicción del deudor demandado, cuya finalidad es que el acreedor demandante, obtenga el justo título que le permitirá cobrar posteriormente la obligación. El título ejecutivo está contenido en la sentencia monitoria y es en esta donde el juez declara o decreta la existencia de la obligación del deudor demandado. La tutela rápida del crédito a través del proceso monitorio según el ICDP, es considerado como un mecanismo célere y eficaz para acercar al ciudadano de a pie, al tendero, al de la plaza de mercado a la administración de justicia |
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