Servidor público abogado, incompatibilidad con el ejercicio privado de su profesión: ¿Una limitación desigual y desproporcionada?
El presente artículo pretende ilustrar, cómo ha evolucionado la incompatibilidad que tienen los servidores públicos, que a su vez también son abogados, para ejercer su profesión en el ámbito privado, desde su inclusión en el primer estatuto del abogado hasta la actual ley 1123 de 2007, a partir de u...
- Autores:
-
Nieves, Alexander
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/22927
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/22927
- Palabra clave:
- Incompatibilidad
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El presente artículo pretende ilustrar, cómo ha evolucionado la incompatibilidad que tienen los servidores públicos, que a su vez también son abogados, para ejercer su profesión en el ámbito privado, desde su inclusión en el primer estatuto del abogado hasta la actual ley 1123 de 2007, a partir de una revisión crítica de las normas que regulan la materia y su trámite legislativo, los conceptos y juicios de constitucionalidad emitidos; asimismo, aborda el concepto de derecho disciplinario ligado a las relaciones especiales de sujeción, cómo determinadas especies de servidores públicos abogados por vía legal o jurisprudencial han visto favorecido el libre ejercicio de su profesión, los pronunciamientos del Departamento Administrativo de la Función Pública y los juicios de constitucionalidad sobre el tema y, finalmente, plantea una crítica respecto del carácter absoluto de la incompatibilidad en el ejercicio privado de la abogacía que pesa sobre los empleados públicos y los trabajadores oficiales, la cual no reconoce la obligación del Estado de actuar de forma tal que las cargas y ventajas sociales se distribuyan de forma equitativa entre los coasociados. |
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(2006). Las relaciones especiales de sujeción en los regimenes disciplinarios del personal docente y adminsitrativo de la Universidad Nacional. En IEMP, COLECCIÓN DERECHO DISCIPLINARIO (pág. 216). Bogotá: Procuraduría General de la Nación.Bulla Romero, J. E. (2009). DERECHO DISCIPLIANARIO. Bogotá: Ibañez.Congreso de la República. (s.f.). Gaceta del Congreso.Const. (7 de Julio de 1991). Constitución Politica de Colombia, Trigesima Edición. Bogotá: Leyer.Corte Constitucional. (Sentencia de C-134 de 1999). M.P.: Alfredo Beltran Sierra: marzo 3 de 1999. Expediente D-2159.Corte Constitucional. (Sentencia de C-181 de 1997). M.P.: Fabio Moron Diaz: abril 10 de 1997. Expediente D-1450.Corte Constitucional. (sentencia de C-280 de 1996). M.P. Alejandro Martinez Caballero: junio 25 de 1996. Expediente D-1067 y D-1076 acumulados.Corte Constitucional. (Sentencia de C-431 de 2004). M.P.: Marco Gerardo Monroy Cabra: mayo 6 de 2004. Expediente D-4857.Corte Constitucional. 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