El registro ilegal de comunicaciones telefónicas y su invalidez por ilicitud como prueba en el proceso penal colombiano
En Colombia, en los últimos años, las nuevas tecnologías de la información y comunicación se han ido incorporando en la vida cotidiana de todos los ciudadanos; facilitando la vigilancia por parte de los organismos estatales encargados de la seguridad del país; sin embargo, el uso desmedido de estas...
- Autores:
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Baron Fuentes, Luis Paublino
Blanco Arciniegas, Luz Dary
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
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- Acceso en línea:
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- Comunicaciones telefónicas
Prueba
Proceso penal colombiano
Derecho
PRUEBA ILICITA PENAL
VALORACION DE LA PRUEBA
DERECHO PROBATORIO - - COLOMBIA
DERECHO PROCESAL PENAL
INTERCEPTACION DE COMUNICACIONES
INTERCEPTACION DE LINEAS TELEFONICAS
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Comunicaciones Telefonicas
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En Colombia, en los últimos años, las nuevas tecnologías de la información y comunicación se han ido incorporando en la vida cotidiana de todos los ciudadanos; facilitando la vigilancia por parte de los organismos estatales encargados de la seguridad del país; sin embargo, el uso desmedido de estas herramientas, especialmente de manera ilegal para hacer seguimientos u obtener informaciones confidenciales, ha conllevado a que se inicien procesos judiciales a un buen número de personas por la comisión de un posible delito, especialmente detectado a través de la interceptación de una comunicación, la cual casi siempre se da de manera ilegal, es decir sin una orden judicial previa. De acuerdo a lo expresado anteriormente, se propuso analizar los argumentos bajo los cuales se declara la invalidez por ilicitud de la prueba recaudada mediante el registro ilegal de comunicaciones telefónicas en el proceso penal colombiano, cuyos resultados se presentan en seis capítulos, así: En el primer capítulo se relacionan las generalidades del proyecto, como son el título, planteamiento, formulación y sistematización del problema, justificación, y el objetivo general, y específicos. El segundo capítulo contiene el marco de referencia de la investigación, el cual está conformado por los antecedentes, las bases teóricas y jurídicas. En el tercer capítulo se aborda el diseño metodológico, el cual contiene el tipo y método de investigación, la población y muestra, las técnicas de recolección y análisis de información. El cuarto capítulo presenta el desarrollo de los tres objetivos específicos planteados, mediante la identificación del organismo o entidad que está facultado en Colombia para registrar las comunicaciones y el procedimiento establecido para ello; la determinación de los criterios que ha fijado la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional colombiana sobre la interceptación de comunicaciones telefónicas, como prueba dentro del proceso; y el establecimiento de las excepciones a la exclusión de la prueba ilícita en materia de interceptación de comunicaciones telefónicas, que son tenidas en cuenta, en el marco del proceso penal en Colombia. |
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Couture, E. J. (2002). Fundamentos de Derecho Procesal Civil. 4ª ed., Montevideo, Editorial B de F. Dellepiane, A. (1961). Nueva Teoría de la Prueba. Editorial Temis, Bogotá. Devis Echandía, H. (1970). El objeto de la Prueba Judicial. Editorial Porrúa, S.A. Devis Echandía, H. (2000). Compendio de la Prueba Judicial. Tomo I. RubinzalCulzoni Editores. Buenos Aires. El Tiempo. La prueba ilegitima en la jurisprudencia, escrito por: Rodolfo Arango, mayo 16 de 2007. Farfán Molina, F. (2007). La Interceptación de comunicaciones telefónicas en el proceso penal y disciplinario. Procuraduría General de la Nación, Instituto de Estudios del Ministerio Público. Edición: 1a ed. Bogotá, D.C Farfán Molina, F. (2007ª). La interceptación de comunicaciones telefónicas: en el proceso penal y disciplinario. Bogotá: Instituto de Estudios del Ministerio Publico. Farfán Molina, F. (2007b). La prueba ilícita en el proceso disciplinario. Bogotá: Instituto de Estudios del Ministerio Publico. Fierro Méndez, H. (2012). Prueba Ilícita. Interceptación de comunicaciones y registro de computadores. Editorial Ediciones Doctrina y Ley. Gascón, M. (2005). ¿Freedom of proof?: El incuestionable debilitamiento de la regla de exclusión de la prueba ilícita. Jueces para la democracia: Información y debate. Giraldo Ángel, J.; Giraldo López, M. y Giraldo López, Alejandro. (1999). Metodología y Técnica de la Investigación Socio-jurídica. Ed. Legis, Colombia. Gössel, K. H. (2004). El proceso penal: ante el estado de derecho: estudios sobre el ministerio público y la prueba penal. Lima: Grijley. Naciones Unidas. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Entrada en vigor: 23 de marzo de 1976. Ratificado por Colombia el 29 de octubre de 1969, previa aprobación por el Congreso de la República mediante Ley Nº 74 de 1968, y entró en vigor de acuerdo con las disposiciones del instrumento el 23 de marzo de 1976. Miranda Estrampes, M. (2010). La prueba ilícita: la regla de exclusión probatoria y sus excepciones. Revista Catalana de Seguridad Pública – España. Moreno Castillo, M.A. (s.a.). La intervención de las comunicaciones telefónicas y la interceptación de comunicaciones escritas, telegráficas y electrónicas como medios de prueba en el nuevo proceso penal. Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Centroamericana. Organización de Estados Americanos. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos. San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969. Adoptada en San José, Costa Rica el 22 de noviembre de 1969. Entrada en Vigor: 18 de julio de 1978, conforme al Artículo 74.2 de la Convención. 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Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial 47426 de julio 30 de 2009. República de Colombia. Decreto Número 1704 de 2012. Por medio del cual se reglamenta el artículo 52 de la Ley 1453 de 2011, se deroga el Decreto 075 de 2006 y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial 48523 de agosto 15 de 2012. República de Colombia. Ley 1621 de 2013. Por medio del cual se expiden normas para fortalecer el marco jurídico que permite a los organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia cumplir con su misión constitucional y legal. Rives Seva, A.P. (2010). Reflexiones sobre el efecto reflejo de la prueba ilícita. Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, España. Roxin, Claus. (2000). Derecho procesal penal. Sanabria Pulido, M.A. (2012). Oportunidades procesales para solicitar la exclusión probatoria en el proceso penal. Sentís Melendo, Santiago. (1979). La prueba. Los grandes temas del Derecho probatorio, Ejea, Buenos Aires. Taruffo, Michele. (2011). La Prueba de los Hechos. Editorial Trotta. Ugarte Mora, J. L.; Rodríguez Rodríguez, J. A.; Villamizar Mogrovejo, A. I. (2008). Medidas que se están tomando para evitar la violación del derecho a la intimidad mediante la interceptación de las comunicaciones desde los organismos de seguridad. Universidad Libre – Seccional Cúcuta. Vaca Andrade, R. (2011). Validez jurídica de las grabaciones de voz o imagen efectuadas por los interlocutores. (2011). Pontificia Universidad Católica del Ecuador – Quito. |
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Ratificado por Colombia el 29 de octubre de 1969, previa aprobación por el Congreso de la República mediante Ley Nº 74 de 1968, y entró en vigor de acuerdo con las disposiciones del instrumento el 23 de marzo de 1976.Miranda Estrampes, M. (2010). La prueba ilícita: la regla de exclusión probatoria y sus excepciones. Revista Catalana de Seguridad Pública – España.Moreno Castillo, M.A. (s.a.). La intervención de las comunicaciones telefónicas y la interceptación de comunicaciones escritas, telegráficas y electrónicas como medios de prueba en el nuevo proceso penal. Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Centroamericana.Organización de Estados Americanos. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos. San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969. Adoptada en San José, Costa Rica el 22 de noviembre de 1969. Entrada en Vigor: 18 de julio de 1978, conforme al Artículo 74.2 de la Convención. Ratificada por Colombia el 30 de diciembre de 1972, previa aprobación del Congreso de la República mediante Ley 16 de 1972.Peláez Hernández, R. (2008). Reflexiones en torno al tratamiento de la prueba ilícita en el sistema jurídico colombiano. Revista de derecho y ciencias sociales ―Misión Jurídica‖. Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca.República de Colombia. Ley 599 de 2000. Código Penal Colombiano. Diario Oficial 44097 del 24 de julio de 2000.República de Colombia. Ley 1453 de 2011. Por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad. Diario Oficial 48110 de junio 24 de 2011.República de Colombia. Ley 1341 de 2009. Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial 47426 de julio 30 de 2009.República de Colombia. Decreto Número 1704 de 2012. Por medio del cual se reglamenta el artículo 52 de la Ley 1453 de 2011, se deroga el Decreto 075 de 2006 y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial 48523 de agosto 15 de 2012.República de Colombia. Ley 1621 de 2013. Por medio del cual se expiden normas para fortalecer el marco jurídico que permite a los organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia cumplir con su misión constitucional y legal.Rives Seva, A.P. (2010). Reflexiones sobre el efecto reflejo de la prueba ilícita. Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, España.Roxin, Claus. (2000). Derecho procesal penal.Sanabria Pulido, M.A. (2012). 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